Cambios pretenden darle viabilidad política a proyecto de ley
Autocultivo y publicidad de marihuana serán prohibidos
Costa Rica tampoco se promoverá como un destino turístico para el consumo de esta planta
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 25 agosto, 2023
Con el objetivo de otorgarle viabilidad política a la propuesta que busca legalizar el uso recreativo de la marihuana, se eliminará del proyecto de ley la posibilidad de que los costarricenses puedan cultivar su propia cannabis.
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Además, se prohibirá cualquier forma de publicidad relacionada con la planta y se excluirá del texto la propuesta de promocionar a Costa Rica internacionalmente como un país para el consumo de cannabis, según explicó Manuel Morales, diputado de Progreso Social a LA REPÚBLICA.
“En la comisión, presentamos un texto sustitutivo del proyecto de ley para hacerlo políticamente viable. Dado que el proyecto no obtendrá un dictamen mayoritario positivo para pasar al plenario, promoveremos estos cambios mediante mociones. Son propuestas que han solicitado los diputados que se oponen a la ley y que pretenden darle más viabilidad”, dijo Morales.
En relación con el autocultivo, el plan establece que toda persona interesada en cultivar cannabis deberá obtener un permiso, registrarse y pagar impuestos.
En la versión previa del texto, se permitía el cultivo de hasta seis plantas por hogar para consumo personal.
El registro estará a cargo del Ministerio de Agricultura y Ganadería e incluirá la identificación precisa de los cultivadores, las áreas de cultivo, la ubicación exacta de las fincas de producción y los lugares de almacenamiento de los productos.
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En cuanto a la publicidad, se prohibirá cualquier forma de promoción y patrocinio de productos de cannabis psicoactivo y sus derivados.
Las únicas excepciones serán para los establecimientos con licencia para el consumo y la comunicación directa de los vendedores con los consumidores. Este último punto se definirá vía reglamento.
La iniciativa también contempla la restricción para establecer puntos de venta de cannabis en áreas residenciales o a menos de 400 metros de centros educativos, centros de salud, iglesias, asilos o centros infantiles, entre otros lugares.
A pesar de los cambios, varios diputados se oponen a la iniciativa al considerar que el plan no aporta beneficios para Costa Rica.
“En cuanto al cannabis recreativo, esperamos que el sentido común de los legisladores de todas las fracciones prevalezca y que el expediente se archive. Las adicciones a este tipo de sustancias se han convertido en un problema serio en las sociedades occidentales y la marihuana es la puerta de entrada a este mundo subyacente, especialmente para los adolescentes y jóvenes en Costa Rica”, expresó Fabricio Alvarado de Nueva República.
Por su parte, Óscar Izquierdo, jefe de fracción del PLN, afirmó que durante el proceso en comisión quedó claro que las autoridades judiciales represivas se oponen al plan, y destacó que hasta la fecha no ha surgido un argumento válido que cambie su opinión.
Este martes, los defensores de la cannabis recibieron una mala noticia del Congreso al confirmarse que la mayoría de los diputados de la Comisión de Ambiente acogió un informe que recomienda archivar la iniciativa. La próxima semana se espera un dictamen negativo de mayoría.
Sin embargo, la victoria del bloque conservador, compuesto por el PLN y Nueva República, sería insignificante considerando que en el plenario existe una tendencia a revivir el proyecto y permitir que la empresa privada y el gobierno ingresen a un mercado que mueve más de $120 millones al año.
“Con argumentos y debates individuales con los diputados, existe suficiente espacio para derribar mitos y obtener el apoyo político necesario para legalizar la cannabis”, dijo Pilar Cisneros, jefa de fracción de Progreso Social.
Las prohibiciones
Estas son algunas de las prohibiciones que se establecerían en la nueva ley de cannabis para consumo adulto.
Variable | Contenido |
---|---|
Menores de edad | Se prohíbe la venta, el suministro y el involucramiento de personas menores de 18 años en actividades productivas y comerciales relacionadas con el cannabis |
Sitios prohibidos para el consumo | Centros o establecimientos sanitarios y hospitalarios, lugares de trabajo, dependencias públicas, centros educativos públicos y privados e instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos y actividades recreativas, además de paradas de bus y taxi |
Publicidad | Se prohíbe cualquier forma de publicidad, promoción y patrocinio |
Máximo por persona | La tenencia y el transporte personal no podrá superar 40 gramos |
Autocultivo | Se prohíbe el autocultivo de cannabis |
Dispensarios de cannabis | No podrán estar ubicados en residenciales, ni a 400 metros de centros educativos, centros de salud, iglesias, asilos o centros infantiles |