Cableras deberán pagar por usar espectro
Luis Valverde lvalverde@larepublica.net | Jueves 23 diciembre, 2010
Televisión abierta y radioemisoras fueron excluidas del cobro, pero se gravará a otras empresas de radiocomunicación
Cableras deberán pagar por usar espectro
Superintendencia espera recaudar unos ¢838 millones para fiscalizar y dar mantenimiento a telecomunicaciones
Las empresas que ofrecen televisión por cable deberán pagar un impuesto adicional por prestar ese servicio. El pago deberá efectuarse a más tardar en marzo del próximo año y el monto deberá determinarlo cada empresa de acuerdo con una fórmula matemática otorgada por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).
La decisión surge luego de que ayer se conociera una resolución de la Sutel, donde se incluyó a estas empresas en el pago del canon de reserva del espectro electromagnético. Este espectro es el que utilizan diversas empresas para ofrecer servicios de telecomunicaciones, como por ejemplo la radio, televisión, telefonía celular y comunicación mediante radios, entre otros.
En el caso de las cableras se determinó que estas utilizan parte del espectro al bajar la señal satelital para luego distribuirla mediante el cableado. Hasta ahora no pagaban por ello.
En la resolución la Superintendencia fijó el monto del canon por reserva del espectro en ¢838 millones. Este rubro es una especie de total de lo que costaría fiscalizar su adecuado uso y su usufructo por parte de las compañías.
La cifra servirá de base para ser utilizada por cada compañía para aplicar una fórmula matemática de acuerdo con las frecuencias que posean, de modo que si una empresa cuenta con un “ancho de banda” mayor, deberá pagar más que por ejemplo un radioaficionado, con una frecuencia más corta.
Para determinar si el pago afectará las operaciones normales de las principales compañías de cable o si parte del pago se trasladará al usuario final, se procuró la versión de Cabletica, pero al cierre de edición no se había logrado obtener respuesta.
Por su parte, Amnet confirmó que la persona que se podría referir al tema se encuentra fuera del país y no regresará hasta enero, mientras que Tele Cable quedó de enviar una respuesta, pero al cierre de edición no había llegado.
El cobro también regirá para aquellas empresas que utilizan frecuencias para radiocomunicación, las que prestan servicio de la tecnología Wimax, localización satelital, beepers, servicios de Trucking o enlaces de microondas.
“Esto se paga anualmente y el monto varía cada año de acuerdo con las necesidades presupuestarias anuales en la gestión, administración y fiscalización del espectro. La metodología de cálculo sí se mantiene invariable”, adujo George Miley, presidente de Sutel.
Al respecto, la Cámara de Infocomunicación analiza la resolución para determinar con mayor claridad sus alcances, adujo Miguel González, director ejecutivo de la entidad.
Luis Valverde
lvalverde@larepublica.net
Cableras deberán pagar por usar espectro
Superintendencia espera recaudar unos ¢838 millones para fiscalizar y dar mantenimiento a telecomunicaciones
Las empresas que ofrecen televisión por cable deberán pagar un impuesto adicional por prestar ese servicio. El pago deberá efectuarse a más tardar en marzo del próximo año y el monto deberá determinarlo cada empresa de acuerdo con una fórmula matemática otorgada por la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).
La decisión surge luego de que ayer se conociera una resolución de la Sutel, donde se incluyó a estas empresas en el pago del canon de reserva del espectro electromagnético. Este espectro es el que utilizan diversas empresas para ofrecer servicios de telecomunicaciones, como por ejemplo la radio, televisión, telefonía celular y comunicación mediante radios, entre otros.
En el caso de las cableras se determinó que estas utilizan parte del espectro al bajar la señal satelital para luego distribuirla mediante el cableado. Hasta ahora no pagaban por ello.
En la resolución la Superintendencia fijó el monto del canon por reserva del espectro en ¢838 millones. Este rubro es una especie de total de lo que costaría fiscalizar su adecuado uso y su usufructo por parte de las compañías.
La cifra servirá de base para ser utilizada por cada compañía para aplicar una fórmula matemática de acuerdo con las frecuencias que posean, de modo que si una empresa cuenta con un “ancho de banda” mayor, deberá pagar más que por ejemplo un radioaficionado, con una frecuencia más corta.
Para determinar si el pago afectará las operaciones normales de las principales compañías de cable o si parte del pago se trasladará al usuario final, se procuró la versión de Cabletica, pero al cierre de edición no se había logrado obtener respuesta.
Por su parte, Amnet confirmó que la persona que se podría referir al tema se encuentra fuera del país y no regresará hasta enero, mientras que Tele Cable quedó de enviar una respuesta, pero al cierre de edición no había llegado.
El cobro también regirá para aquellas empresas que utilizan frecuencias para radiocomunicación, las que prestan servicio de la tecnología Wimax, localización satelital, beepers, servicios de Trucking o enlaces de microondas.
“Esto se paga anualmente y el monto varía cada año de acuerdo con las necesidades presupuestarias anuales en la gestión, administración y fiscalización del espectro. La metodología de cálculo sí se mantiene invariable”, adujo George Miley, presidente de Sutel.
Al respecto, la Cámara de Infocomunicación analiza la resolución para determinar con mayor claridad sus alcances, adujo Miguel González, director ejecutivo de la entidad.
Luis Valverde
lvalverde@larepublica.net