Comercios podrán aumentar aforos si solicitan código QR de forma voluntaria
Elizabeth Rodríguez elizabethrodriguez.asesora@larepublica.net | Jueves 18 noviembre, 2021 07:24 p. m.
Los comercios y actividades masivas que voluntariamente soliciten el código QR de vacunación Covid-19 podrán ampliar sus aforos. Así, los que deseen operar sin solicitud de demostrar la vacunación lo harán con un menor aforo y respetando medidas de distanciamiento.
Lo anterior en respeto a la medida cautelar tomada por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, anunció el Gobierno de la República la noche del jueves.
La actualización de aforos, para ambos sectores, regirá hasta el 7 de enero del 2022, y podrá llegar al 100% en algunos establecimientos.
Sin embargo, del 18 de noviembre y hasta el 1 de diciembre las actividades deportivas y culturales podrán llevarse a cabo al 25% de aforo, con código QR, y al 15% sin certificado de vacunación, siempre manteniendo el distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales.
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Del 1 de diciembre y hasta el 7 de enero estas serían las reglas para:
- 1. Actividades deportivas, culturales, académicas y empresariales con permiso sanitario de funcionamiento o autorización sanitaria:
- Con código QR: 40% de aforo
- Sin código QR: 20% de aforo con distanciamiento de 1.8 metros y burbujas sociales
- 2. Salas de eventos para actividades sociales:
- Con QR: 200 personas
- Sin QR: 100 personas con distanciamiento 1.8m y burbujas sociales
- 3. Cines y teatros:
- Con QR: 100% de aforo
- Sin QR: Hasta 500 personas con 1.8 metros, burbujas sociales y formación estrella
- 4. Discotecas, salones de baile y clubes nocturnos:
- Con QR: 50% de aforo
- Sin QR: 25 % de aforo con distanciamiento 1.8m y burbujas sociales
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Además, los establecimientos catalogados como “esenciales” (supermercados, ferreterías, panaderías) se mantienen exceptuados de la verificación del certificado de salud y funcionan al 50% de su capacidad. No obstante, podrán ampliar su aforo al 100% si optan por requerir el código QR.
Según la decisión de cada comercio, se requiere la colocación del rótulo en exteriores que detalle la modalidad que aplicarán, y se podrán descargar en este enlace.
Cabe resaltar que las personas menores de edad, entre 12 y 17 años, no necesitarán presentar en ningún caso, sin importar el establecimiento o actividad, el certificado de vacunación hasta el 31 de enero.