¿Cómo puedo realizar la declaración informativa D-151?
Rebeca Sequeira rebecasequeira.asesora@larepublica.net | Martes 19 noviembre, 2019
Si usted es de las personas físicas o jurídicas que debe realizar la declaración informativa D-151, tiene hasta el próximo dos de diciembre para presentarla sin sanciones.
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Para quienes no hayan realizado la declaración, el Ministerio de Hacienda les recuerda a los costarricenses que la misma se puede hacer desde la página web de la entidad, solo debe seguir los siguientes pasos:
- Ingrese a la página www.hacienda.go.cr
- Descargue la última versión de la herramienta electrónica “DECLAR@7”, disponible en el apartado “Servicios más utilizados”
- Para presentarla, se debe usar la herramienta “Declar@ Web”, que se encuentra en el mismo sitio
De igual manera, puede acercarse a los quioscos de autoservicio, ubicados en las administraciones tributarias territoriales de todo el país; o bien, hacer uso de los Centros Comunitarios Inteligentes (CECI) o los Núcleos de Asistencia Fiscal (NAF). El horario de estos núcleos está disponible en la página web del Ministerio de Hacienda.
En la D-151 se deben reportar las compras o ventas de bienes y/o servicios efectuados a una misma persona (física o jurídica) durante el período fiscal 2019; que comprende del 1 de octubre 2018 al 30 de septiembre de 2019; por un monto superior a ¢2.5 millones.
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Además, se deben incluir la venta o compra de los servicios específicos como alquileres, comisiones, ser¬vicios profesionales e intereses, tanto quien brinde como quien recibe el servicio, cuando los montos recibidos o pagados por una misma persona sean iguales o superiores a los cincuenta mil colones anuales.
Las multas por no presentar la declaración superan el millón de colones y pueden llegar a un máximo de ¢44.6 millones.