¿Conoce sobre los APA? Herramienta es ideal en precios de transferencia
Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Viernes 16 abril, 2021 07:50 a. m.
Existe una herramienta creada por la OCDE llamada Acuerdos Anticipados de Precios (APA), la cual quizás pasa desapercibida y, hasta en muchos casos, es desconocida, pero puede ser clave y de gran ayuda en los precios de transferencia.
Para contextualizar, cuando se hacen transacciones con empresas vinculadas, por ejemplo, una casa matriz, y derivado de la obligación de fijar los precios de los productos y servicios a valores de mercado, los contribuyentes deben también demostrar que los precios de bienes y servicios se declararon a valores de mercado mediante un estudio de los llamados precios de transferencia.
Ahí es donde surgen los APA de gran ayuda, pues estos son convenios voluntarios entre un contribuyente y la administración tributaria, en donde ambas partes determinan anticipadamente las operaciones controladas, y establecen criterios apropiados sobre el método, criterios de comparación, ajustes a practicarse, e hipótesis relacionadas con eventos futuros.
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“Mediante una aprobación de un APA, la autoridad confirma si está de acuerdo con metodologías o contraprestaciones de precios de transferencia, por lo anterior es un mecanismo para tener certidumbre de que la operación cumple con el principio de plena competencia”, explicó José Rodríguez, Senior manager en transfer pricing en KPMG Costa Rica.
Rodríguez, por lo tanto, encuentra estos beneficios
- Certidumbre: El APA brinda certeza jurídica sobre la operación intercompañía que se desea cubrir mediante el APA. Es una interacción entre las partes (administración fiscal y contribuyente) lo que minimiza las controversias en materia de precios de transferencia.
- Simplificación: Permite brindarle un entendimiento a la autoridad de la operación intercompañía y se puede negociar la hipótesis en la que se basa el precio de transferencia.
- Fiscalización: Al existir un APA la autoridad no procederá a cuestionar y/o fiscalizar la política de precios de transferencia. Sus facultades quedaran en comprobar aplicación del APA.
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En caso de que el APA no sea aprobado por la Administración Tributaria, la información proporcionada las autoridades no podrá ser utilizada para abrir una auditoria y esta será devuelta al contribuyente.