Conozca las excepciones a la restricción vehicular para junio
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 28 mayo, 2021 11:21 a. m.
Para circular sin temor a ser multado por la policía de tránsito, las personas y empresas que gozan del privilegio de estar exonerados de la restricción vehicular por placa, deben renovar la carta de excepción.
Y es que el gobierno extendió hasta el 6 de junio la restricción vehicular por placa de manera alterna.
La carta puede ser presentada en físico o digital. Además, aquellos trabajadores que cuenten con gafete institucional o empresarial, deberán mostrarlo.
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En caso de las personas trabajadoras independientes, deberán portar y presentar un documento físico o digital de respaldo sobre sus labores o la actividad ejercida que justifique su movilización en alguna de las franjas horarias que están establecidas como restringidas.
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La aplicación de la restricción vehicular sanitaria cuenta con 20 tipos de excepciones:
a) Los vehículos de transporte de mercancía o carga
b) Los vehículos de transporte público destinados al transporte remunerado de personas en cualquiera de sus modalidades (autobús, buseta, microbús, taxi, servicio especial estable de taxi), el servicio especial de trabajadores, turismo y estudiantes, que cuenten con placa de servicio público
C) Los vehículos que presten el servicio de abastecimiento de combustibles, de recolección de basura, servicio de grúa o plataforma.
D) Los vehículos oficiales, de atención de emergencia y medios de comunicación
E) Los vehículos del servicio de funeraria para la prestación exclusiva de dicha actividad,
F) Los vehículos particulares del personal de los servicios de emergencia, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, Sistema de Emergencias 9-1-1 de Costa Rica, CNE, CCSS, Ministerio de Salud, organismos internacionales, y de aquellas instituciones que participen en la atención del estado de emergencia nacional .
G) Las personas jerarcas de los Supremos Poderes, para el ejercicio de sus labores respectivas, debidamente identificados.
H) Los vehículos pertenecientes a las misiones internacionales, cuerpo diplomático y cuerpo consular
I) El vehículo particular que, debido a una emergencia relacionada con la vida o salud, requiera trasladarse a un establecimiento de salud o farmacéutico.
J) Los vehículos de personas con labores religiosas
K) Los vehículos conducidos o que transporten personas con discapacidad
L) Los vehículos de las personas que deban trasladarse estrictamente para brindar soporte médico o cuido de personas en estado terminal
M) Los vehículos de las personas que requieran trasladarse estrictamente con ocasión de una reservación a los hoteles.
N) Los vehículos de alquiler -"rent a car"-
O) Los vehículos de las personas que estrictamente requieran trasladarse a alguno de los Aeropuertos Internacionales
P) Los vehículos de las personas que estrictamente requieran trasladarse a las guarderías públicas, privadas o mixtas tuteladas
Q) Los vehículos de las personas que deban trasladarse estrictamente para asistir a la cita de Revisión Técnica Vehicular
R) Los vehículos de las personas que requieran trasladarse cualquier día de la semana, pero antes de que inicie la restricción vehicular nocturna, estrictamente con ocasión de una reservación para asistir a cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones públicas
S) Los vehículos de las personas que requieran trasladarse estrictamente con ocasión de la realización de la prueba de manejo