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Contribuyentes deberán realizar el segundo pago parcial de renta antes del 30 de setiembre

Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Martes 20 septiembre, 2022 11:05 a. m.


Dinero
¡Evítese problemas al cancelar! Archivo/LA REPÚBLICA


El próximo 30 de setiembre se vencerá el plazo para que los contribuyentes en el país inscritos realicen el segundo pago parcial del Impuesto Sobre la Renta del período 2022, sin intereses.

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Los pagos parciales tienen la finalidad de que, al cierre del período fiscal, el monto a cancelar por la determinación de este impuesto tenga un impacto menor para el flujo de caja del contribuyente. Esto debido a que no sería lo mismo realizar la cancelación del Impuesto sobre la Renta en un solo pago, que estar pagando el impuesto en tractos.

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“El segundo pago parcial se realiza mediante conectividad; es decir, a través de las plataformas de los bancos públicos o privados del sistema financiero nacional. También, acercándose de forma presencial a las ventanillas de los bancos”, destacó Alberto Porras, socio director de la firma Baker Tilly Costa Rica.

Los pagos parciales sobre las utilidades son:

· El primer pago parcial, seis meses después de iniciar el período fiscal (último día hábil de junio).

· El segundo pago parcial, nueve meses después de iniciar el período fiscal (último día hábil de setiembre).

· El tercer pago parcial, 12 meses después de iniciar el período fiscal (último día hábil de diciembre).


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