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Lunes, 16 de septiembre de 2024



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¿A partir de cuándo debe un trabajador acudir a la ley para exigir sus prestaciones?

Los colaboradores tienen como máximo un año para cobrar el dinero, de lo contrario, pueden perder sus beneficios.

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Lunes 09 septiembre, 2024 09:25 a. m.


Eric Briones, experto en materia laboral.  Cortesía/La República.
Eric Briones, experto en materia laboral. Cortesía/La República.


La legislación costarricense no contempla de manera clara cuál es el plazo máximo que tiene un patrono para pagar las prestaciones a un excolaborador, por lo que en muchos casos, los trabajadores podrían estar viendo afectados sus derechos, de acuerdo con Eric Briones, experto en materia laboral.

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Tanto la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia como el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social han referido que, al no haber plazo, su pago debería ser inmediato.

No obstante, en la práctica es muy difícil de cumplir, y por ello se ha admitido, mediante la misma Sala Segunda, que es posible tolerar hasta 8 días naturales para cumplir con la obligación.

Después de ese momento, se generan intereses por mora.

La ley aplica para todos los trabajadores, sin importar si fueron despedidos con o sin responsabilidad patronal.

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“Extenderse más allá de este plazo razonable, aparte de ser improcedente (…) le otorga el derecho al trabajador de acudir a la vía judicial a reclamar dicha liquidación, dentro del plazo de 1 año, contado a partir del día siguiente en que finaliza la relación laboral; asimismo, se ha considerado válido el pago en tractos, siempre y cuando medie acuerdo entre las partes y no exista de por medio una imposición patronal”, señala Briones.

El experto indica que la legislación establece que el pago de las prestaciones y otros derechos laborales debe cancelarse en un plazo máximo de un año, ya que de lo contrario, el trabajador pierde todo derecho a su indemnización.

Es por ello que, ante una dificultad por cobrar la cesantía, las vacaciones, lo correspondiente al aguinaldo y otros extremos laborales, el trabajador debe presentar la denuncia ante el Ministerio de Trabajo para así evitar la prescripción.

En ese sentido, Briones considera que la Asamblea Legislativa debería analizar el tema y definir de una vez por todas un plazo máximo para el pago de las prestaciones.


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