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¿Cuáles son las reglas para trabajadores y patronos en torno al feriado del Día de la Madre?

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Lunes 12 agosto, 2024 11:00 a. m.


Guillermo Vargas, abogado laboral de EY Law Cortesía/La República.
Guillermo Vargas, abogado laboral de EY Law Cortesía/La República.


El próximo 15 de agosto, se celebrará el "Día de la Madre", un feriado de pago obligatorio según la legislación costarricense.

Lea más: Celebre el Día de la Madre de manera segura y sin fraudes con estos consejos

Guillermo Vargas, abogado laboral de EY Law, nos brinda detalles esenciales para asegurar el cumplimiento adecuado de las normativas relacionadas con esta fecha.

En primer lugar, es crucial que los patronos respeten el feriado, permitiendo a los trabajadores disfrutar del día de su celebración.

Estos son los detalles más relevantes del día feriado:

  • Lo primero que deben tener presente los patronos, es que por regla los trabajadores disfruten el feriado teniendo libre el propio día de su celebración y no se podrá trasladar su disfrute a otro día. Por tanto, en caso de que el patrono requiera que sus empleados se presenten a laborar este día, deberá indicárselos previamente y con una antelación razonable.
  • En caso de que se solicite la presencia de los trabajadores con un tiempo razonable de antelación y estos no manifiesten una razón que justifique su imposibilidad para acudir al trabajo, la ausencia injustificada podría ser sancionada por medio de una medida disciplinaria.
  • El feriado del 15 de agosto está catalogado como un feriado de pago obligatorio, por lo que se debe pagar doble si se trabaja
  • Aunque no se trabaja el día, los trabajadores deben recibir el pago correspondiente al día; es decir, todo trabajador tiene derecho a su pago y disfrute independientemente de su modalidad de pago

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