Cuatro fechas que los agricultores tienen que recordar por el IVA
Christine Jenkins cjenkins@larepublica.net | Lunes 01 julio, 2019 04:29 p. m.
El IVA, que entró en vigor hoy, trae algunos cambios en las tarifas y responsabilidades del sector agricultor.
Por eso, el Ministerio de Agricultura y Ganadería les recordó a los productores de bienes de la canasta básica que ya deben estar inscritos en el registro de comercializadores, productores y distribuidores de Hacienda.
También, hay cuatro fechas futuras para las cuales deben estar pendientes los agricultores:
1. Setiembre 2019: inicia el registro de personas productoras, físicas y jurídicas, según corresponda, que durará cinco meses y se organiza por los últimos dos dígitos de la cédula.
Tienen que estar registrados ante alguna de estas tres entidades: Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Servicio Fitosanitario del Estado o el Servicio Nacional de Salud Animal.
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2. 15 de octubre 2019: fecha límite para la declaración del IVA de julio, agosto y setiembre para los productores exclusivos de bienes agropecuarios contenidos en la Canasta Básica Tributaria o de las materias primas indispensables para la producción de estos bienes.
A partir de noviembre de este año, las declaraciones serán mensuales.
3. 30 de Junio de 2020: hasta esta fecha están exonerados del IVA los insumos agropecuarios, veterinarios y de pesca no deportiva.
4. Julio 2020: se exigirá a los productores estar inscritos ante alguna de las tres entidades, con el fin de que obtengan el respectivo código tributario que les facilitará acceso a los beneficios contemplados en la Ley.