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Martes, 25 de marzo de 2025



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Empresas deben prepararse para cumplir con esta obligación fiscal a partir de este año

Declaración de precios de transferencia se implementará en Costa Rica: Todo lo que debe saber

BARKER, firma con más de 10 años de experiencia, brinda asesoría y apoyo en la gestión de la nueva normativa tributaria

Brenda Camarillo bcamarillo@larepublica.net | Lunes 24 marzo, 2025


Steven Barker, Socio Director y Karen Brenes, Gerente
Steven Barker, Socio Director y Karen Brenes, Gerente. Cortesía/La República


Este año, Costa Rica dará un paso clave en materia de transparencia y control fiscal con la implementación de la declaración informativa de precios de transferencia.

Esta medida busca alinear al país con estándares internacionales para evitar la evasión y elusión fiscal en operaciones entre empresas vinculadas.

En este escenario, BARKER, firma con más de una década de experiencia en estudios de precios de transferencia en Centroamérica y profesionales en áreas contables, de economía y abogados, se posiciona como un aliado clave para que las empresas puedan cumplir con esta nueva regulación.

“Nuestro objetivo a lo largo de 10 años ha sido la identificación y reducción de contingencias fiscales por medio de la técnica de precios de transferencia. Así como apoyar la gestión de nuestros clientes, logrando la eficiencia en el pago de impuestos”, dijo Steven Barker, Socio Director de la firma.

Lea más: Los precios de transferencia y reforma fiscal

La obligación de presentar una declaración informativa de precios de transferencia se activará con la publicación de una resolución oficial este año.

Hasta ahora, Costa Rica exigía estudios de precios de transferencia solo en auditorías fiscales, pero no requería la presentación de una declaración periódica.

Con esta nueva disposición, el Ministerio de Hacienda podrá analizar con mayor detalle las transacciones entre empresas vinculadas y detectar posibles riesgos de subdeclaración de impuestos.

¿Quiénes están obligados a presentar la declaración informativa de precios de transferencia?

La normativa establece que los obligados a declarar son:

1. Los grandes contribuyentes

2. Las empresas que operen bajo el régimen de zona franca

3. Las empresas que realicen transacciones con partes vinculadas por un monto superior a ¢462 millones anuales

Este último grupo es el que más empresas incluirá dentro de la obligación, pero también el que podría enfrentar mayores retos debido a su desconocimiento sobre precios de transferencia.

Lea más: El estudio de precios de transferencia y lo importante de no dejarlo para último momento

Uno de los aspectos más debatidos de la normativa es el plazo establecido para la presentación de la declaración.

“Un tema importante es el plazo de presentación, debido que la propuesta indica 31 de marzo y a esta fecha, los estados financieros que se encuentran en las bases de datos y que buscan la comparación de resultados, no se encuentra disponible al mes de marzo”, advirtió Barker.

Por tal motivo, el experto recomienda comparar la información de la compañía con datos del mismo año que se analiza.

“Las circunstancias económicas han cambiado significativamente y hoy no es aceptable comparar información y estados financieros de años diferentes del contribuyente y de las empresas comparables”, señaló el Socio.

Las sanciones en caso de incumplimiento se encuentran en el Código Tributario y podrían alcanzar sumas hasta de ¢46 millones aproximadamente.

Si desea más información visite www.barkertaxes.com.


Perfil


Nombre BARKER
Enfoque Firma regional con más de 10 años de experiencia en soluciones personalizadas en el ámbito fiscal y contable
Socio Director Steven Barker
Operaciones Centroamérica
Correo contactenos@barkertaxes.com
Sitio web www.barkertaxes.com


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