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El seguro temporal de vida

Estoy seguro | Lunes 18 mayo, 2015




ESTOY SEGURO
 


El seguro temporal de vida

El seguro temporal del vida es uno de los productos clásicos del mundo del seguro. Consiste en aquel que se emite por un determinado número de años (por ejemplo, diez o 20 a partir de la suscripción) y que paga al beneficiario el capital solamente si el asegurado fallece durante ese plazo. Si el plazo del seguro llega a su fin y no se ha producido el fallecimiento, el seguro simplemente se da por terminado y el asegurador conserva las primas.

Aunque existen algunas variantes posibles a este esquema, esta es la estructura básica. Se diferencia así el seguro temporal de vida de otras modalidades de seguro de vida (por ejemplo, seguros de vida entera o whole life insurance) en que no se cubre el riesgo de fallecimiento durante toda la vida del asegurado, sino solamente durante un determinado tiempo. De manera similar, es un seguro de estructura simple, normalmente sin componentes de ahorro o inversión como los que sí tienen seguros como el de vida universal.

Precisamente la sencillez del producto hace que en términos generales sea asequible para la mayoría de las personas.

Por otra parte, esa misma sencillez, aparejada a la característica de fijar la cobertura durante un término específico, hace que el seguro temporal de vida sea una buena opción para personas que desean brindar protección a sus beneficiarios durante etapas especialmente sensibles de su vida.

Así, por ejemplo, un joven padre de familia puede optar por un seguro temporal de vida en el momento en que comienza a formar una familia para garantizar que al menos mientras sus hijos sean menores de edad estarán atendidos en caso que llegue a faltar.

De la misma forma, algunas veces estos seguros temporales se utilizan para respaldar créditos otorgados al asegurado, de forma tal que se hace calzar el plazo del seguro con el plazo de duración del crédito. En tales casos se designa como beneficiario al banco o entidad que otorga el préstamo, en condición de acreedor y hasta por el monto de su crédito. Si la persona llega a fallecer durante el plazo del seguro, la entidad aseguradora pagará al banco o entidad financiera el crédito, quedando así liberada la obligación y sin que se pongan en riesgo los activos dados en garantía del crédito (e.g., casa, carro, etc.).

En el mercado existen múltiples opciones de seguros temporales de vida, tanto en la modalidad estándar como en la modalidad autoexpedible.

Estos últimos son seguros de fácil comprensión y manejo que pueden comercializar entidades distintas a los intermediarios de seguros (i.e., agentes y corredores), por ejemplo, bancos, supermercados, cadenas de electrodomésticos, farmacias, gasolineras, etc.

En definitiva, el seguro temporal de vida constituye una herramienta básica de la gestión de riesgos y en particular del riesgo de fallecimiento prematuro.

Bien haríamos en consultar a nuestro asesor o intermediario de seguros para conocer las opciones que más se ajustan a nuestras necesidades en momentos determinados de la vida.

Neftalí Garro
Abogado especialista en seguros. Socio bufete BLP







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