Congelamiento de pluses y traslape de funciones constitucionales serían principales objeciones
Empleo público inicia recta final en el Congreso con serias dudas de legalidad
Votación en primer debate está prevista para finales de mes
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Lunes 14 junio, 2021
El congelamiento de pluses y aumentos para los funcionarios estatales y el traslape de funciones constitucionales entre el Poder Judicial y el gobierno, son las principales dudas legales que afectarían la ley de empleo público, la cual, inicia este lunes su recta final en la Asamblea Legislativa.
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Y es que la Corte Suprema de Justicia ya advirtió que el Ministerio de Planificación no puede ser rector en materia de empleo para instituciones como el Poder Judicial, ya que una norma constitucional les brinda autonomía absoluta.
Se trata de un argumento similar al que esgrimieron los rectores de las universidades públicas, para exigir su exclusión y que al término del debate de las mociones en el Plenario no se aprobó.
“Es preocupante que la escala salarial pase a ser administrada por una cartera ministerial del Poder Ejecutivo, como lo es Mideplan, con la respectiva intromisión interna en la estructura y funcionamiento exclusivos de este Poder de la República”, según un pronunciamiento de la Corte.
La polémica ley de empleo público pretende establecer un mismo salario por puesto laboral para toda la administración estatal.
De esta forma, los trabajadores que tengan una remuneración por encima del salario estándar que se fije en la ley, sufrirán un congelamiento de sus pluses y aumentos por costo de vida.
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La medida afectaría a unos 270 mil empleados estatales y pretende ordenar los disímiles sistemas de remuneraciones en el aparato estatal, así como ahorrarle recursos al Estado.
Sin embargo, el congelamiento de los pluses también sería ilegal.
“Esta ley de empleo público no es otra cosa que una cochinada. La propuesta está llena de vicios de ilegalidad por toda parte y esto hace que hayamos perdido el tiempo. El PLN y el PAC, a sabiendas de que esta ley no pasará el filtro de la Sala IV insisten en discutir el tema. Costa Rica requiere de una verdadera ley de empleo público”, dijo Pedro Muñoz, precandidato y diputado de la Unidad.
Pese a esto, legisladores que sí están a favor de la iniciativa confían en que el proyecto sí se votará favorablemente, incluso, logrando los 38 votos.
“Pensaría que sí están los votos necesarios, pero como en cualquier proyecto de ley habrá que esperar a la votación final para determinar el caudal de apoyo. De igual manera, la bancada oficialista y el Gobierno, por medio de su Ministra de la Presidencia son quienes les corresponde trabajar para asegurar el máximo apoyo posible de las demás fracciones”, dijo María José Corrales, jefa de fracción del PLN.
Reformar el empleo estatal es fundamental al considerar que el 50% de los ingresos que recauda el Ministerio de Hacienda se utilizan para pagar el salario de los empleados públicos todos los años, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) o Club de los Países Ricos.
Este gasto implica que Costa Rica es el país que más dinero invierte porcentualmente en la OCDE para pagar a su aparato estatal.
Esto, porque en el conocido Club de los Países Ricos, el promedio es de un 25%.
La pretensión del gobierno es lograr un ahorro superar a los ¢70 mil millones al año.
Resumen del proyecto
La ley de empleo público inicia su trámite final hoy en el Congreso. Se espera que al terminar este mes, los legisladores voten en primer debate la iniciativa. Estas son sus principales puntos:
- Congela pluses salariales y aumentos para trabajadores estatales que tengan una remuneración por encima del salario estándar
- Unos 30 mil trabajadores seguirán acumulando pluses hasta lograr el salario mínimo
- Empresas en competencia como ICE e INS quedaron excluidas
- Ministerio de Planificación será el ente rector para toda la administración pública en materia de empleo
- El Poder Judicial, las universidades públicas y los municipios tendrán que someterse
- Empleados con dos notas inferiores a 70 en calificación de desempeño serán despedidos sin responsabilidad
- Trabajadores podrán alegar objeción de conciencia para no capacitarse en temas que violenten sus creencias