Rectoría de Ministerio de Planificación, objeción de conciencia y exclusiones generan incertidumbre
Empleo público se tambalea en medio de dudas de legalidad
Iniciativa congelaría aumentos y pluses salariales para funcionarios con salarios por encima de remuneración estándar
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 04 junio, 2021
En la recta final de discusión, la ley de empleo público se tambalea en medio de dudas de legalidad.
Las advertencias no solo surgen de opositores al proyecto como diputados y sindicatos, sino también de la Corte Suprema de Justicia, quien sugirió esta semana, que no es posible trasladarle al Ministerio de Planificación la rectoría total sobre el empleo estatal.
Y es que dicha propuesta, implicaría una violación al principio constitucional de separación de poderes, advirtió la Corte en un informe que fue avalado por 17 magistrados.
“Es preocupante que la escala salarial pase a ser administrada por una cartera ministerial del Poder Ejecutivo, como lo es Mideplan, con la respectiva intromisión interna en la estructura y funcionamiento exclusivos de este Poder de la República”, señala el documento de la Corte.
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La iniciativa pretende congelar los aumentos y los pluses salariales, para todos los funcionarios que tengan una remuneración por encima del salario estándar que establezca la ley.
La idea es recortar el gasto creciente en remuneraciones y ordenar el pago de salarios en el sector público.
Para ello, se pretende establecer un mismo salario por puesto laborado para toda la administración pública, de manera que un funcionario de un ministerio, gane lo mismo que un trabajador del Poder Judicial o de las universidades públicas al realizar una misma labor.
“La Corte Plena confirma lo que advertí desde el principio, el proyecto del PAC es inconstitucional. Perdimos tiempo en un mamarracho de ley. Pido a los diputados que aprobemos una reforma de empleo público de verdad, seria, que ponga orden e impacte de verdad la salud de las finanzas públicas”, dijo Pedro Muñoz, diputad de la Unidad.
Otro aspecto que sería ilegal sería la decisión de haber excluido a los trabajadores del ICE, el INS y banca estatal, al considerar que se trata de instituciones públicas que están en competencia.
Esto, implicaría que no todos los trabajadores son tratados de la misma manera y que por tanto, es un principio violatorio más.
Otro aspecto considerado discriminatorio, ilegal e inconstitucional, sería lo relacionado a la objeción de conciencia que impulsó y logró aprobar Jonathan Prendas, diputado de Nueva República.
En ese sentido, la ley de empleo público permitiría a los funcionarios alegar que se violentan sus derechos religiosos y creencias, para no capacitarse en temas de diversidad sexual y género.
“Intentamos eliminar la discriminación de la ley pero no fue posible. Ahora, el único recurso que nos queda es consultar sobre la legalidad de esta medida en la Sala IV”,dijo Enrique Sánchez, diputado del PAC.
Regular el empleo público es importante porque el 50% de los ingresos que recauda el Ministerio de Hacienda se utilizan para pagar el salario de los empleados públicos todos los años, según la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) o Club de los Países Ricos.
Este gasto implica que Costa Rica es el país que más dinero invierte porcentualmente en la OCDE para pagar a su aparato estatal.
GASTONES
El 50% de lo que recauda Costa Rica se utiliza para pagar salarios públicos, mientras que el promedio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es de 25%, según esa organización (cifras en porcentaje representan gasto en salario)
País | Gasto |
---|---|
Costa Rica | 50 |
Perú | 35 |
Brasil | 33 |
Canadá | 30 |
Estados Unidos | 30 |
Chile | 29 |
Australia | 29 |
España | 27 |
Noruega | 27 |
Suiza | 25 |
Portugal | 25 |
Promedio OCDE | 25 |
Francia | 23 |
México | 23 |
Colombia | 19 |
Alemania | 16 |