Entidades que incumplan uso obligatorio de mascarillas pueden ser multadas o sancionadas con cierres
Karla Barquero karlabarquero.asesora@larepublica.net | Lunes 22 junio, 2020 01:41 p. m.
A partir de este sábado el uso de la mascarilla o careta es obligatorio para quienes atienden el público y para quienes utilicen:
- Transporte remunerado de personas
- Cines
- Teatros
- Iglesias (cuando se retome la fase tres del cronograma de apertura)
- Bancos
- Restaurantes mientras no estén consumiendo
Lea más: Se extiende la recomendación del uso de mascarilla y caretas a partir del próximo sábado
Cada establecimiento o entidad será responsable de velar por el uso de la mascarilla, impidiendo el ingreso a los recintos a quienes no están usando el cubrebocas o a quienes lo suspendan una vez dentro.
Lea más: Música no podrá ser en vivo ni en restaurantes ni iglesias, dice Salud
"En caso de que se lo retire en medio de el recinto y se niegue a colocárselo de nuevo tendrá que sacarlo del recinto. El encargado de esos servicios que no cumplan con esta supervisión, tanto en el ingreso como la permanencia, será sometido a multas monetarias o sanciones como la suspensión del permiso sanitario de funcionamiento", advirtió Daniel Salas. ministro de Salud.