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Evite sanciones por incumplimiento de declaración fiscal

Brandon Flores bflores@larepublica.net | Miércoles 11 octubre, 2017 11:48 a. m.




El próximo 15 de diciembre es la fecha límite para realizar la declaración fiscal sin multas, tanto para personas físicas como jurídicas, es decir, si se realiza después de esa fecha empiezan a correr intereses.

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En caso de que este proceso no se haga a tiempo, correrán multas un interés de 11.73% anual, el interés de mora es del 1% por mes y la sanción se basa en un salario base por un monto de ₡426,200.

Los morosos tendrán por tanto que pagar una multa equivalente al 50% del ese salario base.

Expertos tributarios recomiendan asegurarse de que todos los movimientos estén contabilizados de manera correcta antes de entregar la declaración ante el ministerio de Hacienda, reguladas por el Colegio de Contadores Públicas.

La declaración de renta comprende las utilidades de empresas y personas físicas que desarrollen actividades lucrativas proveniente de cualquier fuente costarricense.

Es decir, los provenientes de servicios prestados, bienes situados o capitales utilizados en el territorio nacional.

“La declaración es relativamente simple, solo se debe hacer la contabilidad en el sistema informático que use la empresa, ya no se usan los libros pegados, ni cosidos y no se deben presentar a Hacienda”, explicó German Morales, socio director de la firma Grant Thornton.

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Las entidades financieras tienen un plazo mayor para declarar, que vence el próximo 15 de marzo.


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