Indulto para el joven Calderón Arias
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 04 agosto, 2021
Pizarrón
En el año 2013 fue detenido un joven costarricense, de apellidos Calderón Arias, a quien conozco por lo que la prensa informó de su situación, acusado de vender, a un policía encubierto, menos de 3 gramos de marihuana, cantidad inferior de la que se tolera para el consumo personal.
Estoy claro en los daños que puede producir la marihuana en pulmones, vasos sanguíneos, accidentes cerebrovasculares, enfermedades cardiacas, y en otros efectos.
También estoy claro en que se usa la llamada Marihuana medicinal para aliviar ciertos síntomas como dolor, náuseas severas, o para dárselas a personas con Alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica, VIH Sida, cáncer, enfermedad de Crhon, epilepsia y convulsiones, glaucoma y espasmos musculares.
La Sociedad Americana de Medicina ha definido la adicción como una enfermedad crónica, tratable, entre ellas la adicción a las drogas, “trastorno por consumo de sustancias”, enfermedad que produce la incapacidad de controlar el consumo de medicamentos, así como de drogas que se consideran legales o ilegales, que son incapaces de dejar de consumirlas.
Probablemente el juicio se llevó por la venta y no por el consumo personal. A ello se le sumó en contra, aquel año, cuando el joven, entonces, de 20 años, era adicto a las drogas.
La adicción se ha considerado desde hace muchos años como una enfermedad. Así con los alcohólicos y con otras personas que lamentablemente caen en estas adicciones, como enfermos, muchos crónicos sin poder superar su condición de enfermos. Miles de familias costarricenses tienen, pasan y sufren esta situación entre sus miembros. El joven Calderón Arias, al contrario, logró enfrentarse a su dependencia, superarla y “reinsertarse” socialmente.
Durante su captura y proceso penal el joven Calderón Arias logró superar su condición de consumidor de drogas y estupefacientes, obtuvo un trabajo, llegando a tener una situación estable que le permitió constituir una familia e inició procesos de educación, lo que es un gran ejemplo para otros jóvenes que como él caen en la adicción, y pueden salir de ella.
El juicio seguido contra su persona terminó el pasado 21 de mayo cuando los jueces fallaron, en el juicio que tenían contra él, desde hace ocho años, él ahora de 28 años, con familia, condenándolo a sufrir una pena de ocho años, que era la pena mínima que podían poner, que es absolutamente desproporcional e injusta, para lo que el joven Calderón Arias ha demostrado en su superación personal.
Los mismos jueces en su Sentencia reconocieron el esfuerzo realizado por este joven, que no tiene otros antecedentes penales. Curiosamente los jueces en su Sentencia recomendaron que en el menor plazo posible se le pudiera pasar a un régimen carcelario de confianza. Lo que los jueces debieron en ese caso es haber recomendado al Poder Ejecutivo el Indulto, contra la pena impuesta.
Mientras no se hagan reformas a la legislación penal, para que se apliquen en situaciones como este caso, que permitan a los jueces hacer una mejor valoración de la situación, y poner penas menos severas, que distingan mejor a quienes se les encuentre como culpables en la cadena del negocio de las drogas, donde se pueda distinguir mejor entre las organizaciones que se mueven alrededor de ellas hasta los simples vendedores, que por razones socioeconómicas se meten en la cadena de venta al menudeo, como aparentemente fue la situación original la captura de este joven, y mientras también la Sala Constitucional no se pronuncie sobre la constitucionalidad de normas como la que le aplican al joven Calderón Arias, que cae en la figura de “inhumana”, violatoria de Derechos Humanos.
Una Sentencia como ésta echa por la borda todos los esfuerzos de rehabilitación, de “reeducarse”, de desarrollar una conducta como la del joven, de superación y de salir adelante, como modelo para otros jóvenes y personas.
Lo que procede en un caso como éste es el Indulto. declarado por el Poder Ejecutivo, buen motivo para el Presidente Carlos Alvarado Quesada, a punto de celebrar el Bicentenario de la Independencia, de mandar nuevas señales sobre el futuro de la Costa Rica que inicia a partir de esa celebración.
El indulto es una facultad que tiene el Poder Ejecutivo, que permite perdonar, de forma parcial o total, la pena impuesta por una Sentencia Ejecutoria, o incluso conmutar la pena por otra más beneficiosa sin penas accesorias.
El indulto es una medida de gracia de carácter excepcional, es un perdón de condena, que tiene incluso regulación internacional sobre en cuales situaciones no se puede otorgar el indulto, como son los casos de los delitos de genocidio, de lesa humanidad o crímenes de guerra.
El indulto puede solicitarse por las mismas autoridades penitenciarias, por los mismos tribunales, por las partes interesadas, donde pueden participar desde los familiares, hasta personas comunes y corrientes, al margen del proceso penal y de la afectación de la sentencia, como es mi caso, que no estoy directamente involucrado, que solicito públicamente al Presidente Carlos Alvarado Quesada que el Consejo de Gobierno analice la situación y proceda a establecer y declarar el Indulto a favor del joven Calderón Arias.
Los indultos en Costa Rica no son de la teoría. Son de la práctica, Se han dado en situaciones anteriores. No son frecuentes. A veces se han dado a granel, para favorecer dentro de los indultados a amigos del Gobierno, de los políticos, o porque son parte de la clase política y empresarial dominante.
En este caso se solicita indulto solo para el joven Calderón Arias.
No se pide un indulto a granel ni, por ejemplo, anticipado, lo que no se puede hacer, contra los procesados en casos sonados de corrupción pública, como son los del caso, en este momento, de Meco Solís, por la influencia que tienen que evidencia incluso el tratamiento de reclusión que se les ha hecho, o del mismo proceso judicial que se les sigue, en la forma de recolección de pruebas que podrían ser anuladas por “haberlas hecho” mal, para “liberarlos” de la prisión carcelaria no doméstica, para producir ese efecto.
Hemos conocido hasta una “modalidad” de “indulto”, cuando la Corte de Justicia dio casa por cárcel a una pareja asesina, como fue el caso del joven asesinado, Chacón Mussaps, aduciendo una enfermedad cancerosa que no provocó la muerte de los indultados, uno que fue acusado y penado, y a su pareja que no se quiso procesar cuando fue instigadora de ese crimen.
Señor Presidente presente en su Consejo de Gobierno el indulto para el joven Calderón Arias.
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