No tendrán que emitir facturas electrónicas y podrán declarar una vez al año
Introducción al IVA se haría más fácil para los agricultores
Además, se les reconocerá el gasto a jornaleros informales a la hora de declarar renta
Christine Jenkins cjenkins@larepublica.net | Jueves 29 agosto, 2019
Los productores agropecuarios no serán obligados a emitir factura electrónica; además, podrán declarar el Impuesto al Valor Agregado solo una vez al año, según una propuesta del Ministerio de Hacienda y el de Agricultura y Ganadería.
La expectativa es que estos beneficios y trámites más sencillos hagan parte de un nuevo Régimen Especial Agropecuario, que propone crear un proyecto de decreto en consulta pública.
Los contribuyentes de este sector, incluyendo los productores de elementos de canasta básica, ya tenían condiciones especiales que le permitían presentar la primera declaración hasta el 15 de octubre para los primeros tres meses de la entrada del IVA.
La idea era que, a partir de octubre sería obligatorio el uso de factura electrónica, y a partir de noviembre, las declaraciones serían mensuales, al igual que el resto de los contribuyentes.
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Aunque se recibirán observaciones para este decreto en consulta hasta el 9 de septiembre, es posible que esté listo a tiempo para que la introducción sea más sencilla, dijo German Morales, socio director de Grant Thornton.
“Hay dificultades reales en el caso de factura electrónica de la gente que trabaja en el campo, que no tiene Internet o computadora. Realmente son sectores que en Costa Rica no son tan fuertes y, en consecuencia, el costo de administrar correctamente estos nuevos controles puede ser muy caro”, explicó Morales.
Cuando les vendan productos a contribuyentes del régimen normal, serían los compradores quienes deberán emitir una factura electrónica de compra como respaldo.
Además, los agricultores de caña, piña, café y frutas, así como los productores de miel, palma aceitera y sector forestal, tendrían un período del impuesto anual, de aprobarse el proyecto en consulta que no aplicaría para a los sectores de grandes contribuyentes nacionales y territoriales.
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Para las demás actividades, el período será cuatrimestral, abarcando de enero a abril, de mayo a agosto, y de septiembre a diciembre de cada año.
“Por muchos años hemos reclamado que se implementan normas y requisitos que muchas veces no están acordes con los sistemas productivos, y claro que nos generan mucha distorsión, problemas y preocupación”, explicó Renato Alvarado, ministro de Agricultura.
También, permitirá que descuenten el gasto en servicios de jornaleros del impuesto a las utilidades, como un máximo del 3 % de los ingresos del período.
Para esto, no necesitan hacer parte de la seguridad social, sino que se permitiría con el respaldo un comprobante con el nombre, número de cédula o documento de identificación, fecha y monto del pago y la explicación del concepto y período del servicio prestado, sin necesidad.
Los que no deseen estar en el régimen deberán indicarlo durante el mes de octubre a través de la plataforma de Hacienda.