La organización, movilización, la lucha laboral y política están garantizadas en la Constitución Política
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 04 septiembre, 2019
Pizarrón
Invitado por el Instituto Tecnológico de Costa Rica, en 1999, para impartir la Conferencia inaugural del curso lectivo de ese año, manifesté que la lucha por la Igualdad y la Libertad sigue siendo una reserva de los pueblos, de los hombres y de las mujeres de todo el mundo.
El Derecho a la Rebelión contra cualquier forma de opresión, proclamado como Derecho Natural por los revolucionarios franceses, sigue teniendo vigencia, porque mientras haya injusticia social hay opresión que combatir; mientras persistan desigualdades sociales originadas en formas distributivas de la riqueza social hay necesidad de acabar con ellas; mientras haya formas de discriminación habrá necesidad de superarlas.
El Derecho de Rebelión de los hombres se extiende a los pueblos; el Derecho de Rebelión de los pueblos se extiende al Derecho de las Naciones y países para luchar por un Orden Internacional Justo, Equitativo, en donde la Naciones se respeten por sí mismas; donde priven los mecanismos pacíficos de resolución de los conflictos, y se acabe con la prepotencia de los sistemas y países que asumen un papel de gendarmes únicos internacionales.
El Derecho de Rebelión es consustancial al ser humano y tiene su principal expresión en el Derecho a Resistir políticamente los gobiernos opresores, los gobiernos tiránicos, los gobiernos autoritarios, los gobiernos antipopulares, de cualquier signo que se les quiera ver; a las clases políticas que representan estos intereses de opresión y sometimiento nacional.
Es el Derecho a Resistir cualquier forma de opresión social o nacional y a sublevarse contra ella; es el derecho a transformar una sociedad de manera que represente mejor los intereses de las mayorías sociales que la componen cuando ha sido secuestrada por una camarilla de poder y de gobierno.
Resistir Políticamente implica luchar por una sociedad democrática, participativa, igualitaria de oportunidades, que garantice y posibilite las mejores condiciones materiales de vida, salud, educación y trabajo del pueblo que la constituye y conforma. Pero, sobre todo, que garantice la plena participación de los ciudadanos a la vida política, pues es en la vida política donde se definen diariamente sus condiciones materiales y espirituales de vida y de calidad de existencia.
La participación democrática supone las mayores oportunidades de organización de los ciudadanos, en igualdad de condiciones, para disputar la dirección administrativa de la sociedad y la dirección política del Estado; para disputar la posibilidad de gobernar la sociedad, para ejercer un control político y democrático sobre la acción de los gobernantes, en todos sus niveles, nacionales, legislativos y cantonales.
Resistir políticamente supone una responsabilidad educativa, de cultura política y cívica, de formación política que enseñe todos los días la responsabilidad social y cívica de los ciudadanos de analizar y discutir los problemas políticos, económicos y sociales de nuestra realidad; el deber de hacer propuestas de solución de dichos problemas y de comprometerse con el desarrollo social y económico, que enseñe los Derechos y los Deberes ciudadanos.
Resistir políticamente supone un ejercicio de la conciencia social, e individual, orientado a hacerle ver a los ciudadanos que la no participación en el debate de los problemas nacionales, en la posibilidad de ejercer gobierno, es facilitar el camino para que quienes desgobiernan sigan minando la confianza pública en las instituciones políticas y democráticas nacionales, corrompan las instituciones nacionales y democráticas, debiliten, desnaturalicen e inapliquen su sistema de valores morales, éticos, patrios y ciudadanos, y estimulen, como una gran paradoja, la no participación política, por el desencanto que sus actos producen.
Este derecho se extiende a la resistencia nacional de un pueblo cuando ella expresa su ánimo de independencia, de soberanía, de trato justo, de salvaguardar sus intereses nacionales, de proteger sus riquezas estratégicas para el desarrollo, de la defensa de su identidad nacional y de los valores patrios.
Es en la Política donde se da la máxima expresión de participación ciudadana, de delegación de la voluntad de los ciudadanos para lograr la mejor convivencia. Institucionalmente se expresa en las autoridades que se nombran para el Poder Ejecutivo Nacional y para el Poder Legislativo Nacional, así como se dará, por medio de las elecciones, ya convocadas, para el Poder Ejecutivo y Legislativo Municipal en febrero próximo.
Pueden no gustar las autoridades actuales nombradas por la Voluntad Popular, pero son las autoridades que se escogieron y en las que se depositó la confianza ciudadana de la gobernabilidad transitoria de cuatro años. Ante ello está el voto responsable, consciente, analítico, comprometido que cada quien asumió en febrero y en abril del 2018, y que asume en cada proceso electoral.
Las movilizaciones ciudadanas de tipo político contra decisiones legislativas o ejecutivas, contra acciones de gobierno, son válidas dentro del conjunto de derechos ciudadanos establecidos en la Constitución Política.
En las luchas que se convocan, bajo el manto de protestas políticas, no podemos olvidar, como se establece en la Constitución Política, que “nadie puede arrogarse la soberanía”, que “ninguna persona o reunión de personas puede asumir la representación del pueblo, arrogarse sus derechos, o hacer peticiones a su nombre”, que “el Gobierno de la República es popular, representativo, participativo, alternativo y responsable”, que “lo ejerce el pueblo y tres Poderes distintos e independientes entre sí, el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial”, y que “ninguno de los Poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias”. Por eso en las movilizaciones los ciudadanos deben saber muy bien hacia donde movilizarse y dónde presionar para hacer oir sus planteamientos y razones.
Del mismo modo los ciudadanos deben comprender que “los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad”, que “están obligados a cumplir los deberes que la ley les impone y que no pueden arrogarse facultades no concedidas en ella”.
El instrumento de lucha que da la Constitución a los ciudadanos es que “la Administración Pública en sentido amplio, estará sometida a un procedimiento de evaluación de resultados y rendición de cuentas, con la consecuente responsabilidad personal (personal política, administrativa, civil y hasta penal), para los funcionarios en el cumplimiento de sus deberes. La ley señalará los medios para que este control de resultados y rendición de cuentas opere como un sistema que cubra todas las instituciones públicas”. ¿Pero, están establecidos estos procedimientos de evaluación pública? ¿Existen?
Esta rendición de cuentas y evaluación no es el Informe que cada primero de mayo debe presentar el Presidente ante la Asamblea Legislativa ni la discusión reglada, y corta, que hacen los diputados del mismo. Requiere un debate nacional más amplio.
Lo que justifica la acción pública de los ciudadanos, en la movilización política organizada de los ciudadanos para discutir, demandar, pedir o exigir cuentas, de parte de los diputados y del mismo Presidente, no es una Huelga Política, es el Derecho político, individual y colectivo, consagrado en el Artículo 26 de la Constitución Política que expresamente dice: “Todos (los ciudadanos o las personas) tienen derecho de reunirse pacíficamente y sin armas, ya sea para negocios privados, o para discutir asuntos políticos y examinar la conducta pública de los funcionarios. Reuniones en recintos privados no necesitan autorización previa. Las que se celebren en sitios públicos serán reglamentadas por la ley”. El Artículo 27 constitucional señala, complementariamente, que “se garantiza la libertad de petición, en forma individual o colectiva, ante cualquier funcionario público o entidad oficial, y el derecho a obtener pronta resolución”. Más claro no canta un gallo.
Se puede accionar ante los poderes públicos, ante los funcionarios que los constituyen, pidiéndoles cuentas de sus actuaciones.
Lo que falta es desarrollar la cultura política de pedir cuentas, de manera respetuosa y responsable.
Las huelgas, de tradición laboral, son actos de fuerza, reglados cuando son legales para hacer valer derechos laborales, económicos y sociales alcanzados por los trabajadores en la legislación laboral, social y en las convenciones colectivas de trabajo, debidamente pactadas con su patronos, o para obtener derechos laborales, económicos y sociales y conservarlos cuando se amenazan.
Y, son de mayor fuerza y violencia fáctica cuando de manera ilegal se va a la huelga, con igual propósito, arriesgando la estabilidad laboral y los salarios, porque se abandona el trabajo y se interrumpe la relación laboral, la relación de trabajo, el contrato de trabajo.
Todas las huelgas en el país se han movido y realizado en estos extremos de legalidad e ilegalidad, de pago o no de salarios, de estabilidad laboral o de despido. Esa es la realidad real de las luchas sindicales y sociales del país desde que empezaron hace más d 100 años.
Si se plantea otra situación frente al desarrollo de paros laborales y de huelgas laborales ilegales, en relación a la estabilidad laboral y los pagos de salarios es resultado de lo que así se pacta. Así ha sido también.
“Huelga es huelga”, como reconoció y dijo José Figueres, no importa quien la dirija. Se pueden prohibir las huelgas pero se seguirán haciendo. Más del 90% de todas las huelgas habidas en la historia sindical, y de las luchas sociales, del país fueron declaradas ilegales, y se hacían, y se mantenían, y se llegaba a arreglos finales satisfactorios para las partes.
La discusión de “servicios públicos” es válida. Según la Constitución Política en estos servicios no se pueden hacer huelgas. La calificación de “servicios públicos”, en cierta manera, es lo que se está haciendo y precisando en este momento en la Asamblea Legislativa para legislarlos, regularlos y valorar la pertinencia de paros y huelgas en ellos.
Los servicios esenciales, prioritarios, estratégicos, como los queramos llamar, para impedir que en ellos se hagan huelgas es parte de esta discusión. Lo que es claro es que hay servicios que del todo no se pueden suspender, por el resultado directo en las personas o en la población, o en las obras de infraestructura estratégicas y el impacto en la economía nacional. Así por ejemplo, las enfermedades y atenciones hospitalarias de niños, en lo que entiendo, todas se consideran de “emergencia”, porque en 24 horas puede cambiar el cuadro clínico de un niño, de manera que no pareciera lógico que en este Hospital puedan hacerse huelgas o paros por el impacto que ello puede tener en los niños hospitalizados. ¿el trabajo en las cocinas y lavanderías y de recolección de basuras, de los hospitales, puede pararse? Pareciera que no por las mismas razones. ¿Los servicios de anestesia para las salas de cirugía pueden suspenderse? Pareciera que no, aunque hay un sindicato de anestesiólogos y han hecho huelgas de anestesiólogos en el pasado.
La huelga política es una categoría especial de la lucha ciudadana orientada a tumbar el gobierno, cuando se agotan los espacios democráticos de la protesta, la organización y la movilización, cuando se suspenden los derechos y libertades ciudadanas, cuando se establecen mecanismos autoritarios, dictatoriales y despóticos de gobierno. Las huelgas políticas son para paralizar la economía y la producción nacional, con el propósito de que se caiga un gobierno. Así se intentó en 1947 con la llamada Huelga de Brazos Caídos contra el gobierno de Teodoro Picado, o las que se hicieron contra la dictadura de Federico Tinoco. Las huelgas políticas son de la realidad. En ninguna parte se regulan. Son luchas constantes, cotidianas, que deben ir creciendo en el tiempo hasta inmovilizar el país y hacer caer el gobierno. No se puede regular una huelga política, como no se puede regular una lucha militar insurgente que resulte de una lucha política.
Los sindicatos que dirijan huelgas asumen la responsabilidad de la conducción y de las consecuencias de las mismas. No son los dirigentes por sí mismos. La huelga es convocada y realizada por un sindicato. Los sindicatos son dirigidos por personas, por “dirigentes”, por líderes. Estos son los responsables personales de la conducción.
Ante los Tribunales, ante la opinion pública los sindicatos son los que impulsan esas huelgas con sus dirigentes al frente. Los dirigentes son la personificación de la huelga. El responsable legal de la huelga es el sindicato. Pensar que no es así es actuar anárquicamente. Las notificaciones legales que haya que hacer en un conflicto de esta naturaleza se deben hacer al actor legal que las convoca: el sindicato, en sus oficinas legalmente establecidas.
Las movilizaciones que se están realizando las dirigen los sindicatos que las han convocado, y estos tienen sus Juntas Directivas, y dirigentes principales, que los representan, que son sus principales voceros.
Los trabajadores que van a las huelgas confían en los sindicatos que las convocan y en los dirigentes que las conducen, Así ha sido y así seguirá siendo.
Así como no gustan los gobernantes, a algunos ciudadanos, tampoco gustan los dirigentes sindicales a algunos sindicalistas, dentro de la lucha y vida interna de cada sindicato, y también a ciudadanos que se sienten afectados con sus actos huelguísticos. Pero, son ellos los ostentadores del poder que les han conferido sus afiliados sindicales, como son ostentadores del poder los gobernantes por el voto que han recibido para su mandato constitucional. En cada huelga se enfrentan estos grupos de poder ciudadano, no solo los que directamente se involucran por la relación laboral misma. Cuando se señala la huelga o protesta política, con más razón, surgen los diversos grupos políticos, económicos y sociales expresando sus puntos de vista, su conformidad o disconformidad.
Ciudadanos que no votaron por los actuales gobernantes les reclaman el ejercicio de su gobierno. Ciudadanos que no son sindicalizados, que no pertenecen a sindicatos, igualmente pueden reclamar a los sindicatos el ejercicio de sus actividades de lucha y de movilización cuando éstas les afectan públicamente con suspension de labores en instituciones o áreas de servicio público. Esta es la expresión de la sociedad democrática que tenemos. Aqui cabe la frase popular de que cada palo aguante su vela.
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