Las huelgas hay que atenderlas
Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 30 enero, 2019
Las huelgas de trabajadores en Costa Rica se conocen desde el siglo XIX, desde 1874 prácticamente, como movimientos de trabajadores orientados a defender alguna situación particular relacionada con su trabajo, incumplimientos de pagos de salarios, malas condiciones de trabajo, incumplimientos de contratos de trabajo, respeto a días de descanso, mantener situaciones de privilegios laborales y sistemas de pensiones que se amenazaron.
En el siglo XIX estos movimientos de protesta no los impulsaron los sindicatos, que tal y como ahora los conocemos, se empezaron a desarrollar a partir de 1901. Fueron, eso sí, trabajadores organizados quienes lucharon por esas situaciones. No fueron movimientos espontáneos.
Las luchas que daban los trabajadores, hasta las huelgas de panaderos que se dieron a principios del siglo XX fueron aisladas, es decir cada lucha estaba “desconectada” del resto de los trabajadores. Las huelgas de panaderos enseñaron la unidad en la acción y la unidad en la lucha, con huelgas de solidaridad simultánea. Así, cuando se daba una huelga de panaderos inmediatamente entraban en paro el resto de los trabajadores y de las panaderías. Por tal motivo fueron duramente reprimidas y sus principales dirigentes, de origen de las islas Canarias, españoles, fueron expulsados del país, entre ellos Juan Vera. Y, a la vez, se tomaron medidas importantes represivas de impedir que por el correo circularan materiales anarquistas, socialistas y comunistas. Cuando se constituyeron las Federaciones de trabajadores, a partir de 1905, las huelgas adquirieron mayor cohesión social y alcance regional o nacional.
Al puro finalizar el siglo XIX hubo un pequeño núcleo de huelgas en el país, luego entre 1907 y 1911 también hubo un ciclo importante de huelgas. Más tarde entre 1917 y 1921 también volvió a repetirse un periodo de huelgas, que durante la dictadura de los Tinoco, 1917-1919, no se debilitaron, aunque sí se ocultaron un poco en la prensa, y se ligaron también a las luchas políticas contra la dictadura.
Durante estos años hubo huelgas laborales y huelgas o movimientos políticos contra la dictadura, como las de los estudiantes y maestros, y las dirigidas por el Movimiento Constitucionalista, que se proponía derrotar la dictadura y volver al sistema democrático republicano y constitucionalista, y hasta con movimientos armados, en distintas partes del país, para provocar la lucha insurreccional contra la dictadura. Julio Acosta representó en mucho este movimiento opositor, armado y patriótico.
En la coyuntura de 1917-1921 se dio, durante 1920 un importante movimiento huelguístico, que se inició a finales de enero, que condujo a la declaratoria, en diciembre de 1920, de la jornada de ocho horas de trabajo. En el acto de reconocimiento de la jornada de ocho horas el Gobierno también reconoció el derecho de los trabajadores a la organización sindical y a la huelga. No hubo, en ese momento, una legislación especial que regulara la huelga y la organización sindical, pero sí un pronunciamiento del Gobierno que reconocía, que aceptaba, el derecho de los trabajadores a organizarse y de dar luchas organizadamente por sus derechos y reivindicaciones.
En la Constitución de 1917, aprobada bajo la dictadura de Tinoco en el Artículo 10 se regularon aspectos importantes que tienen que ver con la seguridad social y derechos sociales, mas no se reguló nada en el aspecto laboral. Ese Artículo 10 debe considerarse el antecedente constitucional de las Garantías Sociales y especialmente de los Seguros Sociales.
Especial importancia tiene este artículo constitucional porque se da por influencia de la legislación social de seguros sociales alemanes, y no por influencia de la Conferencia de Versalles, que al finalizar la I Guerra Mundial condujo a que los seguros sociales se impulsaran en todos los países que habían sido participantes y firmantes del Tratado de Versalles, 1919, con el que se terminó de concluir la I Guerra Mundial. Ya desde 1917 el triunfo soviético en Rusia había marcado una nueva situación en este escenario de conquistas sociales y laborales, y les dio un nuevo impulso a los movimientos sociales y políticos que reivindicaban estas luchas, dentro del contexto de la lucha de clases y la lucha por el socialismo y el comunismo, en un marco anticapitalista.
Al finalizar la década de 1920 e iniciar la del 1930 el mundo capitalista especialmente se vio sacudido por la Crisis Mundial de 1929 y de la Gran Depresión. Esta situación nuevamente produjo oleadas de huelgas en todas partes del mundo relacionadas con la caída de la producción y el desempleo. Costa Rica fue afectada en ese sentido hasta 1934. En Costa Rica tal fue la situación de desesperación que se llegaron a constituir Sindicatos de Desocupados, que jugaron un papel muy importante en esos años, incluso en el nacimiento del Partido Comunista de Costa Rica, en 1931.
La organización sindical se había desarrollado desde los sindicatos a principios del siglo XX, pasando por las Federaciones de Trabajadores a partir de 1905, hasta la Confederación General de Trabajadores de 1913 y la celebración ese mismo año del Día Internacional de los Trabajadores, el 1° de mayo, que desde entonces se siguió celebrando, con el sentido histórico que lo generó: hacer un balance de las luchas obreras transcurridas en el año y de hacer una plataforma de lucha para los trabajadores para el año venidero.
Entre 1886 y 1919 surgieron partidos políticos representativos de las clases trabajadoras, el Partido de Obreros y Artesanos, 1886; el Independiente Demócrata, 1883; los partidos obreros de Grecia, Limón y San José en 1913; el partido Socialista de Aniceto Montero, 1919. Hasta diputados representantes de estos partidos fueron electos a finales del siglo XIX, Faustino Montes de Oca y Víctor Gólcher.
En 1923 la Confederación General de Trabajadores se disolvió para apoyar al naciente Partido Reformista de Jorge Volio. En su lugar se desarrolló la Confederación Obrera Nacional que en 1928 dio paso para la constitución de la Unión General de Trabajadores, que fue la base obrera para el naciente Partido Comunista, que a partir de 1931 asumió en términos generales, su conducción política. Los intelectuales de simpatía anarquistas la habían influido hasta 1923, cuando el reformismo de Jorge Volio les sustituyera. El reformismo de Volio eligió diputados obreros, entre ellos Julio Padilla.
En la década de 1930 con el Partido Comunista a la cabeza las huelgas adquirieron otra dimensión y dirección política. Las más importantes de ellas fueron las de 1934, la Gran Huelga Bananera, la de los zapateros y las de trabajadores de café en Turrialba. Este año el Partido comunista empezó a elegir diputados, Manuel Mora Valverde y Efraín Jiménez Guerrero.
El desarrollo de la II Guerra Mundial y la posguerra, y la situación coyuntural política que produjo en el país, que condujo a grandes cambios políticos en la alianza del Gobierno, que se materializó entre 1943 y 1948, con el Partido Comunista y la Iglesia católica, que se expresó, entre otras cosas, en la promulgación del Capítulo constitucional de las Garantías Sociales y del Código de Trabajo en 1943.
En estas Reformas y Código se materializaron igualmente como normas constitucionales y leyes de la República, los derechos de organización sindical, el de huelga y el de convención colectiva de trabajo, aun cuando Costa Rica todavía no había ingresado la Organización Internacional del Trabajo. Ya existía el actual Ministerio de Trabajo, desarrollado como Secretaría desde 1928, año que se intentó redactar también un Código de Trabajo.
Con la Guerra Civil de 1948, y la convocatoria a la Asamblea Constituyente en 1949, estas reformas sociales se mantuvieron a pesar de que la Junta de Gobierno quiso redactar y aprobar otro Código de Trabajo.
En 1943 surgió otra central nacional sindical impulsada por la Iglesia, que sobrevivió a la Guerra Civil, mientras que la central sindical dirigida por los comunistas fue disuelta por la Junta de Gobierno en agosto de 1948.
Los años posteriores a la Junta de Gobierno de intensa represión no impidieron el desarrollo de huelgas en el Valle Central y en el país. De las más sobresalientes fueron las de las zonas bananeras en esos años de 1954 y de 1958.
Al finalizar la década de 1950 el movimiento sindical del país se había reorganizado y ya existía de manera dividida en tres grandes centrales sindicales nacionales. La división sindical desde entonces ha perdurado y fortalecido a pesar de los intentos por lograr la unidad sindical y una única central sindical. Sectores laborales incluso mantienen una alta división sindical, o una gran cantidad de sindicatos en su seno, como es el sector magisterial, el de salud y el de electricidad y comunicaciones.
La década siguiente hasta 1969 fue de intensa represión sindical. Nuevamente, en la década de 1970, bajo circunstancias especiales de desarrollo de partidos de izquierda y del movimiento estudiantil vigoroso que se dio, desde la segunda mitad de la década del 60, las huelgas adquirieron nuevos niveles de expresión, de organización y de lucha.
El rasgo principal de ellas era que a la inmensa mayoría de huelgas judicialmente se les declaraba ilegales, pero se seguían haciendo.
A la legislación laboral de 1943, desde la Junta de Gobierno y los años que siguieron le dieron vuelta, especialmente cuando por decisiones de los tribunales de justicia laboral al Artículo 17 del Código de Trabajo se le quitó su esencia laboralista y proteccionista de los trabajadores, de que tenía que interpretarse la legislación laboral en interés del trabajador, y luego de acuerdo con el interés social. En la década del 50 la jurisprudencia judicial impuso el interés social primero sobre el interés de los trabajadores, e interpretó, en la práctica, y por el resultado judicial de las sentencias, el interés social por el interés de los patronos, lo que ha prevalecido en mucho en la vida de los tribunales laborales nacionales. A partir de la existencia de la Sala IV y de los cambios en la Sala II, con magistrados y magistradas de nuevo tipo, de formación jurídica quizá más sólida en la materia laboral, con visión superada en mucho de los sucesos de 1948, se ha ido modificando esa vieja tradición de fallos de la década de 1950. Los sucesos de los últimos acontecimientos de paros laborales de 2018 fueron evidentes en los fallos judiciales. Sin lugar a dudas estamos ante una nueva situación judicial.
La legislación laboral que tendió a modernizarse con la Reforma Procesal Laboral, recientemente, con estos movimientos huelguísticos y de paros laborales, puso en evidencia situaciones que no estaban previstas en esa legislación, y resaltó aspectos no regulados en el conflicto social, que ha provocado, con toda razón, la acción inmediata de los legisladores, para enmendar esos vacíos jurídicos, lo que ha puesto en tensión nuevamente a las organizaciones sindicales y a sus principales dirigentes.
El trámite legislativo de esas reformas que se pretende incluir y aprobar a la legislación laboral ya empezó, y por la Comisión Legislativa han pasado los principales representantes de los sindicatos haciendo sus observaciones y objeciones.
Hasta ahora no ha trascendido mucho lo particular del avance legislativo. Ha resaltado la objeción de que no se pague el salario durante el período de la huelga o el paro, porque eso es lo que sostiene cualquier movimiento huelguístico.
Antes, cuando estas situaciones se daban, en situación de huelga no se pagaban los salarios, y los trabajadores asumían y sabían esos riesgos. Cuando se llegaba a los acuerdos para ponerles fin a las huelgas, allí se negociaba el pago de salarios, mientras tanto por solidaridad se hacían recolectas para ayudar a los trabajadores en huelga y en lucha. Era natural que así fueran la lucha y la situación. Si se declaraba ilegal la huelga no se pagaba porque en el tiempo de duración de la huelga se medía quién aguantaba más, si los trabajadores en paro y sin salario o el empresario con la empresa cerrada o paralizada por la huelga. Si se declaraba legal, obviamente el salario era reconocido y el cierre de la empresa duraba menos porque al empresario le interesaba mantener cuanto antes la producción y su actividad económica productiva.
Cuando José Figueres, como presidente, con una huelga bananera ilegalmente declarada, envió dos ministros a negociar, y negociaron, fue duramente atacado. De allí su famosa frase: “huelga es huelga”, porque es también una situación de la realidad. Y cuando le recriminaron que por qué había negociado con los comunistas dirigentes de la huelga, preguntó: “¿Y, con quién voy a negociar, si ellos son los que la dirigen?”
Esta situación sigue dándose en la realidad. Las huelgas se van a seguir produciendo mientras los trabajadores consideren que tienen situaciones de injusticia o laborales por qué luchar y mejorar, no importa quien las dirija.
Las huelgas hay que atenderlas y hay que negociar con quienes las dirijan, más allá de si se reconocen los salarios durante el periodo de la huelga, sea declarada ilegal o no. Y más allá de si el Tribunal ante quien se gestiona una huelga legal, la acepta para su trámite o no, y más allá de si llegara a declarar el Tribunal que mientras se resuelve la legalidad se suspenda la acción huelguística, hasta que se pronuncie sobre este extremo. La consecuencia real de esta situación sería justamente ir a la huelga declarada ilegal, sabiendo que por esa declaración no hay pago de salarios y, esperando que con el triunfo posible de la huelga se negocie ese pago. Si la huelga es declarada legal todo procede… la acción del paro y el pago de salarios, más los extremos que resulten victoriosos del pliego de peticiones que se esté discutiendo. Esta es la realidad, por dura y cruel que parezca
La situación particular de las protestas políticas, que no son laborales, que no se producen por reivindicaciones laborales, que trascienden al ámbito local, regional y nacional, que pueden alcanzar el nivel de huelgas y de paro nacional, es una situación que hay que atender en la discusión nacional también, lo que analizaré en otro artículo.
La protesta política y la lucha política está garantizada desde el siglo XVII y el siglo XVIII con quienes desarrollaron, desde ese tiempo las teorías del Contrato Social y de la Soberanía Popular.
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