¿Legalizar o Regular UBER?
Esteban Agüero Guier eag@aguilarcastillolove.com | Jueves 08 noviembre, 2018
Aunque en el país los servicios que ofrece Uber son utilizados por una gran cantidad de personas y son prestados por muchos conductores (se dice que más de 20 mil), el servicio se sigue dando después de tres años sin un reconocimiento expreso por parte del gobierno.
Muchos discuten la forma de “legalizar” y “regular” Uber, y han surgido toda clase de proyectos de ley e iniciativas en donde se exponen diferentes ideas para hacerlo. ¿Cuál es la mejor forma de lograrlo? No parece sencillo encontrar consenso al respecto. Pese a lo anterior, es importante abordar la diferencia entre legalizar y regular UBER.
UBER es Legal
Uber ya es legal en Costa Rica. La reforma al artículo 323 del Código de Comercio para eliminar los servicios de porteo de personas que se hizo con posterioridad a la entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos (el TLC), no modificó dicho tratado, y por ende los servicios de porteo de personas continúan liberalizados para las empresas de Estados Parte del TLC.
Pese a ser legal, y tomando en cuenta la realidad nacional en la que las autoridades han ignorado la jerarquía que tiene el TLC sobre una reforma a una ley, podría ser útil una interpretación auténtica que haga la Asamblea Legislativa o bien una interpretación de un tribunal nacional de la reforma al artículo 323 del Código de Comercio para que no hayan dudas de cómo se debe interpretar esa reforma a la luz del TLC.
En dicha interpretación se debe de reconocer la jerarquía que tiene el TLC y por ende la prevalencia de los servicios de porteo de personas que ofrecen las empresas cubiertas por el TLC, como lo es el caso de Uber. De esta forma, el Poder Ejecutivo no seguiría teniendo “dudas” sobre cómo debe actuar frente a estos servicios.
¿Regular UBER?
Al ser legal, no es necesario regular UBER para que este opere. Muchas veces la mejor regulación es no tener una regulación. Sin embargo, y si así se quisiera, a partir del reconocimiento de la legalidad de estos servicios el gobierno podría regular la actividad mediante decreto en cualquier momento.
EL TLC no prohíbe que el Estado regule los servicios que han sido consolidados mediante el mismo para que estos operen de una manera eficaz en el país.
Sin embargo, es importante tener presente que si la regulación estableciera figuras excesivamente prohibitivas o que dificulten el acceso a prestar un servicio liberalizado como el servicio que presta UBER, sí se podría estar frente a una violación al TLC.
Al respecto se debe ver que figuras como la concesión de Taxi o la regulación de Seetaxi ha servido para monopolizar los servicios de forma tal que por momentos han servido hasta de botín político.
No es posible pretender que la regulación a Uber se redacte usando los mismos criterios utilizados para regular el servicio de Taxi, ya que estos no son la misma figura. Si se pretendiera regular a Uber, el gobierno debe ser cuidadoso y estudiar la mejor forma de como este tipo de servicio se ha regulado en otros países.
Se debe lograr una regulación que aporte mejoras al servicio, por lo que quienes se oponen al mismo no deben de ser quienes redacten la regulación ya que lo que harían es “equipararlo” a un servicio de Taxi, como se ha venido anunciando. Si se hiciera esto, posiblemente se incluirían los problemas que ya de por sí esos servicios vienen acarreando para el consumidor y para el mercado, los cuales son ya reconocidos.
¿Qué hacer?
Tomando en cuenta la dificultad que existe actualmente para resolver las diferencias que han habido sobre la mejor forma de tratar a UBER en el país, quizás lo mejor es comenzar por lo sencillo: Aceptar la legalidad para no violentar la normativa aplicable y para ser consecuentes con la realidad que existe en el país. Para esto de ser necesario se puede hacer una interpretación legislativa o en las cortes que oriente al Poder Ejecutivo.
Adicionalmente a lo anterior, si se quisiera regular el servicio se puede hacer sin problema de una forma que no violente las obligaciones internacionales del país y con el objetivo de favorecer al consumidor, recolectar impuestos derivados de la actividad y buscar una seguridad mayor para quienes se dedican y utilizan este servicio.
Para esto, lo apropiado es revisar las soluciones que han funcionado en otros países, pero no implementar soluciones que terminen trasladando el problema que existe con los otros modelos de servicio de transporte de personas.
Esteban Agüero Guier
Socio
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