35 ilegalidades fueron señaladas por la Sala IV
Ley de empleo público crearía “varias islas” en el Estado, según diputados
Empezar desde cero es lo que piden legisladores del PUSC y el Frente Amplio, mientras que gobierno considera vicios de ilegalidad “subsanables”
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Jueves 05 agosto, 2021
El proyecto de empleo público debe devolverse a trámite de comisión y empezar prácticamente desde cero, ya que la iniciativa actual tiene muchos vicios de ilegalidad y al mismo tiempo, permite la creación de varias islas gubernamentales en materia de remuneraciones, según diputados de la Unidad y del Frente Amplio.
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Mientras tanto, el gobierno señala que los errores de fondo “son subsanables”, a la vez que Liberación Nacional espera el fallo íntegro para emitir criterio.
Y es que el sábado anterior, la Sala IV resolvió que el Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), las municipalidades, la Caja y las universidades públicas deben ser autónomas, por lo que el Ministerio de Planificación no puede ser el ente rector en materia de empleo.
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“Esto implicaría que en la práctica esas instituciones tendrían que establecer de manera autónoma el tope salarial y el salario global para cada uno de sus puestos laborales, lo que implica varias islas en materia de remuneraciones y empleo público”, dijo Pablo Heriberto Abarca, jefe de fracción de la Unidad.
Por otra parte, habría otra especie de categoría salarial para los nuevos funcionarios, a la vez que los actuales mantendrán sus pluses y por ello, tendrían un salario más alto que sus contrapartes.
El señalamiento de la Sala IV hace que sea inviable el establecimiento de un mismo salario por puesto para todo el sector estatal y en vez de ordenar al gobierno en materia de remuneraciones, mantendría las disparidades y la autonomía en varias instituciones.
De hecho, los magistrados de la Sala IV señalaron 35 ilegalidades.
“Más de 35 inconstitucionalidades de fondo en el proyecto de Ley de Empleo Público. Podría ser perfectamente un récord nacional. No recuerdo otro proyecto de ley consultando a la Sala que haya sido tan señalado por violentar nuestra Constitución, pero el problema no es solo la cantidad de ilegalidades, sino su gravedad y profundidad. La Sala concluyó que a lo largo de su articulado, el proyecto de ley contiene normas que lesionan elementos esenciales sin los cuales no puede haber Estado de Derecho ni sistema democrático, como la independencia del Poder Judicial y del Tribunal Supremo de Elecciones”, dijo Villalta.
Tras el fallo de la Sala IV los legisladores podrían enviar el proyecto a la Comisión de Consultas de Constitucionalidad, con el objetivo de eliminar los artículos que son considerados ilegales, o bien, optar por remitirlo de nuevo a comisión, en donde se podrían incorporar nuevos artículos y eliminar otros. Esta segunda opción sería como empezar de nuevo, ya se que se requerirían de audiencias, espacio para mociones y cumplir con los trámites de publicación.
En ese sentido, el gobierno ha dicho que las ilegalidades señaladas son “subsanables”.
“Con este voto estamos a muy poco de garantizar que la ley de empleo público sea una realidad y con ella darle mayor razonabilidad a las finanzas públicas y mayor eficacia en la prestación de servicios públicos. Todos los elementos de fondo indicados por la jurisdicción constitucional son aspectos subsanables, y que Mideplan como ente rector del Empleo Público, los trabajará con prioridad con los señores diputados”, dijo Pilar Garrido, ministra de Planificación.
La polémica ley de empleo público pretende establecer un mismo salario por puesto laboral para toda la administración estatal.
De esta forma, los trabajadores que tengan una remuneración por encima del salario estándar que se fije en la ley, sufrirán un congelamiento de sus pluses y aumentos por costo de vida.
La medida afectaría a unos 270 mil empleados estatales.
El fallo
Estos son algunos de los principales señalamientos de la Sala IV en torno a la ley de empleo público.
- La Sala IV señaló que se violenta la independencia de poderes al establecer al Ministerio de Planificación como ente rector en materia de empleo público
- El Poder Judicial, las universidades estatales, los municipios, el Tribunal Supremo de Elecciones y la Caja, pueden establecer su propio salario global y no el gobierno
- El proyecto no tiene vicios de procedimiento
- Se avaló la cláusula de conciencia que permitiría a funcionarios abstenerse de capacitaciones
- Se validó un salario global y un tope de salario
- En el caso de las instituciones excluidas les tocará a ellas mismas definir el salario global y tope salarial