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IVA


Ley del IVA no exonera servicios de agua como alcantarillado sanitario e hidrantes

Ronny Gudiño ronnygudino.asesor@larepublica.net | Lunes 10 junio, 2019


Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República
Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República


Si bien la venta o entrega de agua residencial estará exenta del IVA, siempre que el consumo mensual sea igual o inferior a 30 metros cúbicos, no contempla exenciones a los rubros que acompañan cobro de estos servicios como alcantarillado e hidrantes, según la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH).

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“Realizamos las consultas sobre este tema al Ministerio de Hacienda. Actualmente estamos a la espera de la respuesta, mientras esta llega aplicaremos la exoneración a partir de julio únicamente en los rubros que se especifican en la Ley”, dijo Laura Castro, directora de servicio al cliente y mercadeo de la ESPH.

Situación similar ocurre con el servicio de energía.

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Puesto que se exonerará consumo menor a 280 kw/h, pero no se contempla rubros como Demanda y Alumbrado Público.


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