Lo que sí hay que pagar
Rafael González rafael.gonzalez@cr.gt.com | Martes 05 mayo, 2020
“Del mismo cuero salen las correas”, dice el popular refrán. El Fisco hará un gran esfuerzo para inyectar recursos en la economía. Nos permitirá cobrar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y no pagarlo de inmediato; sino usarlo transitoriamente, sin costo, hasta el 31 de diciembre, para hacer frente a la crisis inmediata de liquidez. Y podremos pedir un arreglo de pago para diferirlo hasta el próximo año, siempre que lo gestionemos antes del 15 de Octubre del presente. Igual con el impuesto selectivo de consumo. En materia de importaciones se despejaron las dudas sobre el alcance de la palabra “aranceles”, para que incluyera los impuestos de valor agregado y selectivo. Y se corrigió el problema de ordenar la inspección física, derivada automáticamente de marcar en el TICA la casilla de uso de la moratoria. Claramente el propósito de la Ley de Alivio Fiscal fue que la importación se hiciera de manera expedita y sin ningún componente de la obligación tributaria aduanera. También se trató de dar seguridad al agente aduanero, quien no será el beneficiario directo de la moratoria; pero podría ser solidariamente responsable por el efectivo pago de lo suspendido.
Lo que sí debemos pagar: No olvidemos la obligación de declarar IVA aunque sea cero o aprovechemos la moratoria. El beneficio sobre pagos parciales será para los contribuyentes que pagan su adelanto en junio. La prudencia aconseja documentarse para solicitar la eventual eliminación de los pagos parciales de setiembre y diciembre, en virtud de la expectativa de disminución de utilidades o generación de pérdidas. El otro punto relevante es el pago del impuesto sobre las rentas del capital; especialmente inmobiliario. Habrá que declarar en el D-125 y pagar el impuesto. En este caso, aparte de la exoneración de IVA para los alquileres no residenciales, la discusión ahora gira en torno al justo balance entre quienes usan el bien arrendado sin recibir ingresos para pagar el alquiler; versus quien da en alquiler el bien con todos los costos y obligaciones asociados. Con seguridad, entre todos saldremos adelante.
Rafael González
Socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton