Los desafíos en materia de regulación del empleo público
Siany Villalobos sianyv@yahoo.com | Martes 05 noviembre, 2019
Continua a la expectativa la discusión sobre el proyecto de empleo público en la Asamblea Legislativa, si bien es cierto, es una norma importante para regular las relaciones de empleo entre el Estado y las personas servidoras públicas, con la finalidad de asegurar la eficiencia y la eficacia en la prestación de los bienes y servicios públicos y la protección de los derechos laborales, en un Estado social y democrático de derecho. Sin embargo, a la fecha el avance es poco, aun cuando se han realizado 150 consultas y se han recibido 9 audiencias en comisión, en las que participaron: sindicatos, gobiernos locales, PGR, CGR, Ministerio de Hacienda, MIDEPLAN, DGSC entre otros, que permitieron conocer sus criterios y observaciones sobre la necesidad de mejora del proyecto o las falencias que contiene el texto en discusión.
Esta propuesta de Ley “Marco de Empleo Público contiene 11 capítulos y 44 artículos entre los temas a regular se contemplan, disposiciones generales, gobernanza, planificación, organización, gestión del empleo público, gestión del desarrollo, de la compensación, de las relaciones laborales, así como las disposiciones, reformas, y derogatorias.
Algunas de las observaciones más relevantes son las externadas por la Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la República. La Contraloría insiste en que la propuesta no viene a resolver el problema del empleo público, debido a que el proyecto de ley propone la definición de principios generales, que rigen para todo el sector público, pero se continua con la coexistencia de ocho sub regímenes de empleo y que no existe la pretensión de consolidar un solo régimen, en conclusión, el proyecto no tiene el propósito de crear una norma única para todo el sector público.
El proyecto omite aspectos básicos, como es, por ejemplo: delimitar la competencia de los tribunales para resolver temas de empleo público y, por lo tanto, se mantendría como hasta ahora, que unos temas se discuten y resuelven en las instancias laborales y otros en la sede de lo contencioso administrativo.
El proyecto no incluye un régimen sancionatorio, que amerita una regulación apropiada y específica que logre definir y estandarizar un marco básico para exigir responsabilidad administrativa y civil a los funcionarios públicos.
Se crea el Observatorio del Empleo Público y el Consejo Técnico Consultivo de Empleo Público que va a tener una simple posibilidad de recomendación con todas las situaciones que puede generar crear órganos adicionales, con los costos financieros que esto puede conllevar, de igual forma se crea una Comisión Negociadora de Salarios, sin definición de competencias.
Con respecto al tema del Teletrabajo se considera innecesario incorporar en este proyecto dada la reciente aprobación de la Ley para Regular el Teletrabajo, Ley N°9738.
En el caso de funcionarios que ejercen funciones políticas y de gobierno, hay ciertos derechos que actualmente no están regulados y que pareciera que la norma los deja por fuera, por ejemplo, las vacaciones de alcaldes o ministros, es materia que se debería de aprovecharse para regular.
En relación a los incentivos no monetarios, se debe dejar claro el porcentaje máximo de funcionarios que recibirán el beneficio, sin violentar el principio de igualdad y no discriminación entre iguales. Entre muchas observaciones más.
Según lo externado por la contraloría el proyecto es insuficiente, pues mantiene la desarticulación del marco jurídico actual y no crea un régimen robusto para regular integralmente el empleo público, igualmente el proyecto no elimina las disparidades existentes en el esquema de remuneraciones, se define un salario global distinto, conforme a los sub regímenes y no hay reglas claras.
Así las cosas, los retos son grandes, como es: la creación de una norma general para todo el sector público, definir, diferenciar y desarrollar de manera específica las competencias de Mideplan como ente rector del ámbito competencial del empleo público, viéndolo frente a las competencias que van a seguir preexistiendo, de la propia Dirección General del Servicio Civil, del Ministerio de Planificación y del propio Ministerio de Trabajo.
Por lo tanto, es necesario revisar integralmente la propuesta que se está discutiendo para mejorarla y valorar la oportunidad que tiene el país, de generar una normativa acorde a las necesidades de la Administración Pública, moderna y eficiente, para responder a los desafíos actuales de la sociedad y para generar valor público.
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