Pago acelerado de impuestos golpearía a empresas
Redacción La República redaccion@larepublica.net | Jueves 18 agosto, 2016
RESUMEN EJECUTIVO
Agilizar los procesos internos de Tributación sería una forma de evitar el golpe al sector privado, lo cual sucedería si Hacienda exigiera el pago acelerado de los impuestos, luego de una fiscalización.
Se trataría de la imposibilidad de cancelar en no más de 30 días una obligación encontrada tras una fiscalización, si fuera el caso de un monto grande.
Tributación, por su parte, desea aplicar la medida del pronto pago, para resolver el problema de los atrasos en su flujo de caja, debido al alto déficit fiscal.
Actualmente, el pago de la obligación puede postergarse varios años, mientras el contribuyente apela la auditoría.
Se espera que la Sala confirme o rechace pronto el pretendido derecho, el cual fue suspendido por un recurso de amparo planteado en 2014, después de haber sido aprobado en 2012 como parte de la Ley de Fortalecimiento de Gestión Tributaria.
Agilizar los procesos internos de Tributación, sería una forma de evitar el golpe al sector privado, lo cual sucedería si Hacienda exigiera el pago acelerado de los impuestos, luego de una fiscalización.
En cuanto a los procedimientos, Tributación mejoraría su flujo de caja de forma razonable, sin aplicar un castigo duro, con solo dedicar los recursos adecuados a las operaciones involucradas.
Se trata de recortar el tiempo de la apelación del contribuyente afectado por una fiscalización ante el Tribunal Fiscal Administrativo, un ente interno de Hacienda, que generaría una obligación firme de parte del contribuyente, al confirmar la obligación determinada tras una fiscalización. {l1}la_palabra_la_tiene_la_sala_constitucional{/l1}
De lo contrario, el contribuyente —una empresa, en la mayoría de los casos— se vería en aprietos, si se encontrara con la obligación firme de cancelar un monto grande en no más de 30 días después de una fiscalización, tal como lo propone Tributación.
Hacienda por su parte desea mejorar la recaudación, ya que el pago de la obligación actualmente puede postergarse hasta por varios años, por la operación a menudo lenta del Tribunal.
La situación de Hacienda empeora aún más, ya que no puede cobrar intereses en el monto que se pretende recaudar, cuando hayan pasado seis meses desde la entrega de la fiscalización. {l2}el_articulo_144{/l2}
Se espera que la Sala Constitucional pronto confirme o rechace el pretendido derecho (se encuentra en el Art. 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios) de Hacienda, suspendido por un recurso de amparo en 2014, después de haber estado aprobado en 2012 como parte de la Ley de Fortalecimiento de Gestión Tributaria.
“El Ministerio de Hacienda reitera su absoluto respeto por la decisión que tomen los señores magistrados de la Sala Constitucional. Además, esperamos que la discusión de los argumentos sobre el fondo del tema, se haya realizado en el espacio apropiado, que en este caso sería la audiencia realizada y no se ventile públicamente”, dijo Fernando Rodríguez, viceministro de Hacienda.