Pedir código QR en establecimientos privados no es inconstitucional ni discriminatorio; indica Sala IV
Redactora La República redactora@larepublica.net | Martes 08 febrero, 2022 04:06 p. m.
“La solicitud del código QR o carné de vacunación, como requisito de ingreso a un recinto privado, no resulta contraria al Derecho de la Constitución”; así lo dio a conocer la Sala IV.
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Con esto, el órgano rechazó por el fondo la solicitud de inconstitucionalidad planteada a inicios de diciembre del año pasado por un costarricense que alegó que al ingresar a un cine en compañía de su familia no pudo hacerlo, por no presentar el código, ni el carnet de vacunación.
En su resolución, la Sala Constitucional recalcó además que la solicitud, que queda a criterio de los establecimientos tampoco es infundada o irrazonable, siempre y cuando no resulte abiertamente discriminatoria, injustificada o desproporcionada.
Asimismo, reiteró su sólida línea jurisprudencial a favor de la vacunación y porque, desde el punto de vista salud individual y colectivo ha adquirido carácter de obligatoriedad.
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El hecho de que las personas deban facilitar su información relativa a la vacunación va a depender de si desean o no ingresar a los establecimientos privados que así lo requieran
Tanto el código QR como el carnet de vacunación constituyen un mecanismo de información brindado a las personas que reciben las dosis, recalcó la Sala.