Pegar marchamo 2025 en parabrisas lo exonera de portar adhesivo de este año
Se debe portar el derecho de circulación al día para evitar contratiempos
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 01 noviembre, 2024 10:42 a. m.
Si usted es de los fiebres que hoy o en los próximos días pagará el marchamo 2025, puede arrancar con total tranquilidad el derecho de circulación del 2024.
La policía de tránsito no lo multará por hacerlo, ya que se infiere que usted tiene todos los documentos al día.
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La única salvedad es que debe portar el derecho de circulación al día para evitar contratiempos.
“Siempre se convierte en una consulta frecuente si se puede pegar el nuevo, y lo cierto es que no hay inconveniente con ello; queda a decisión de cada persona hacerlo y quitar el del 2024, pues tener el del 2025 evidencia que se tiene al día el del presente año o, si gustan, pueden pegar el nuevo y dejar el viejo”, dijo Oswaldo Miranda Víquez, director de la Policía de Tránsito.
De igual forma, manifestó respeto por quienes dicen que lo pegan hasta el primero de enero, pues es una decisión personal de cada dueño de vehículo.
A partir de este viernes, los dueños de carros, motocicletas y otros vehículos pueden pagar el marchamo 2025.
El Instituto Nacional de Seguros (INS) habilitó el pago en todas las sucursales bancarias y otras entidades financieras.
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Asimismo, el derecho de circulación se puede cancelar en las oficinas del Instituto en todo el país.
Si usted desea saber cuánto le corresponde pagar, puede hacerlo en este enlace.
El impuesto a la propiedad de vehículos es el principal componente del marchamo, ya que representa el 58% del total a pagar.
Por otro lado, el plástico adhesivo, junto con el trozo de papel que se desprende del documento, deben colocarse en un lugar visible del parabrisas delantero, teniendo cuidado de ubicarlo de tal manera que se vea bien, pues algunos vehículos traen un ahumado de fábrica que reduce la visibilidad de este documento, por ejemplo.
En caso de pérdida o daño a la hora de colocarlo, su reposición debe tramitarse en el Instituto Nacional de Seguros, ya que el trámite no tiene relación con el Ministerio de Obras Públicas y Transportes.