Pensiones de expresidentes no se puede equiparar a sueldo de diputados, según la Sala IV
La resolución se comunicará en los próximos días al Congreso
Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Viernes 28 junio, 2024 01:51 p. m.
Una norma que equiparaba las pensiones de los expresidentes con el salario de los diputados se anuló por parte de la Sala Constitucional.
La medida responde a una acción de inconstitucionalidad presentada por el abogado Raúl Muñoz Álvarez, quien argumentó que la Asamblea Legislativa de la época aprobó una disposición sobre pensiones que no guardaba relación con la materia presupuestaria y que debía ser regulada mediante una ley ordinaria.
La sentencia de la Sala señala que, en julio de 1992, la Ley Marco de Pensiones derogó el artículo en cuestión, formalizando la equiparación de las pensiones de los expresidentes con el salario de los legisladores por la vía ordinaria. Por lo tanto, la norma impugnada estuvo vigente por menos de cuatro años.
Con el fallo de la Sala Constitucional, las pensiones de los expresidentes vuelven al monto anterior a 1988, que según el abogado Muñoz es de unos ₡600 mil "o un poquito más". Sin embargo, el documento del Tribunal no especifica una cifra exacta.
La Sala Constitucional ya ordenó que se comunique este fallo a la Asamblea Legislativa y que se publique "íntegramente" en el boletín judicial y en el Diario Oficial La Gaceta. La magistrada Anamari Garro fue la única que salvó su voto por cuestiones de "admisibilidad".