Periodista, comunicador, “influencer” y trol
Marilyn Batista Márquez mbatista@batistacom.com | Martes 27 diciembre, 2022
Ante la denuncia de Alberto Jesús Vargas Zúñiga, alias Piero Calandrelli, contra la ministra de salud, Joselyn Chacón, por presuntamente pagarle por producir y publicar ataques en redes sociales contra varios periodistas, se suscita por enésima vez la discusión sobre los límites de la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, sostienen que el “periodista profesional” es la persona que ha decidido ejercer la libertad de expresión de modo continuo, estable y remunerado. Entonces, ¿pueden ser llamados periodistas un presentador de un programa de televisión o de radio, la influencer que mantiene comunicación frecuente desde su Instagram con sus seguidores, un pastor que escribe temas bíblicos en un boletín quincenal, el psicólogo que semanalmente aconseja, recibe y responde consultas a través de Facebook live y un trol -que detrás de un personaje ficticio- comenta y opina de situaciones políticas de la actualidad?
Pues infiero -y en el ejercicio del Derecho, al igual que en el análisis de opinión pública, es normal que existan interpretaciones diversas y hasta confrontativas de las mismas normas y hechos- que cualquier persona puede llamarse periodista, hasta un trol, porque no hay otros requisitos más allá de “ejercer la libertad de expresión de modo continuo, estable y remunerado”.
Nuestra Sala Constitucional, en total congruencia y afinidad con la Opinión Consultiva OC-5/85 de la CIDH, y usando como referencia el párrafo 74 que indica que el ejercicio del periodismo profesional no puede ser diferenciado de la libertad de expresión, “por el contrario, ambas cosas están evidentemente imbricada”, sostiene, en el fallo 2019-15039, que fue emitido por unanimidad del Alto Tribunal a raíz de un recurso de amparo presentado en contra del Colegio de Periodistas, por varios periodistas sin título universitario: "No lleva razón el Colegio de Periodistas al alegar que la necesidad de un título académico sea un requisito para ser considerando como periodista, por lo tanto una persona a las que en forma habitual o regular se dedican a informar puede llamarse periodista…”.
El Diccionario de la Real Academia Española, DRAE, define a un comunicador como el o la “que comunica o sirve para comunicar. Dicho de una persona con una actividad pública: Que se considera capacitada para sintonizar fácilmente con las masas”. No existe en el DRAE definición para “influencer” ni “influenciador”, pero sobre la palabra influir dice: “Dicho de una persona o de una cosa: Ejercer predominio, o fuerza moral”.
La palabra trol es definida como: “En foros de internet y redes sociales, usuario que publica mensajes provocativos, ofensivos o fuera de lugar con el fin de molestar, llamar la atención o boicotear la conversación”.
La CIDH y la Sala Constitucional, al afirmar que el ejercicio del periodismo profesional no puede ser diferenciado de la libertad de expresión y que están sobrepuestas unas a otras (diría mi abuela “como las tejas en un tejado”), hace extremadamente difícil -casi imposible- regular la profesión, dejándola a la merced de nuestra propia conciencia, sujeta a los principios éticos y morales de cada persona que habla, escribe, y se autodenomine periodista, comunicador, “influencer” y ¿trol?
Aunque la definición de trol tiene una connotación negativa, muchos de los que arremeten contra políticos son los mismos que escriben comentarios maravillosos de sus contrincantes; tienen formación en comunicación, saben redactar y comunican a través de un canal. Escondidos detrás de una identidad ficticia, también hacen comentarios “lindos”, respetuosos y racionales sobre determinado tema o figura pública. Por lo anterior, no me sorprendería oír que un trol se autodefina como periodista, pues es tan amplia -y a la vez ambigua- las calidades que se le han dado a esta profesión que, repito, cualquier persona puede ser llamado y autodenominarse periodista.
Dentro del caparazón de un personaje ficticio, utilizando una corteza mucho más fuerte llamada redes sociales, y otra suprema de nombre libertad de presión, vemos a más personas o personajes, que conversan, comentan, critican y denuncian “de modo continuo, estable y remunerado”, sin que exista herramientas para prevenir y atenuar el daño que a nivel de desinformación generan, con el potencial de destruir la reputación e incluso la vida de otras personas y organizaciones.
La excepción son los periodistas titulados, adscritos al Colegio de Periodistas de Costa Rica y Profesionales en Comunicación, que pueden ser sometidos a su Tribunal de Honor y Ética, que tiene como misión hacer cumplir las leyes, convenciones, principios, códigos y los reglamentos que norman el ejercicio de la profesión de los Comunicadores (as) Sociales.
Toda mi vida profesional he sido una defensora de la libre expresión. Respeto el derecho de toda persona a buscar y difundir sin trabas informaciones e ideas por cualquier medio de su elección. Amo la frase de Voltaire “Podré no estar de acuerdo con lo que dices, pero defenderé hasta la muerte tu derecho a decirlo”, pero no puedo apoyar que cualquier persona agreda, irrespete, abuse y mienta en las redes sociales, sujeto únicamente a los límites que impone su moral y conciencia.
Como el ordenamiento jurídico debe consagrar las limitaciones al ejercicio de todos los derechos humanos en aras del bien común, de alguna forma deberá intervenir con los troles, reinterpretando el derecho a la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo.
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