¿Qué está ocurriendo en cumplimiento de la norma antilavado para justificación de capitales a personas físicas?
Natalia Durán natalia.duran@cr.gt.com | Miércoles 02 abril, 2025

No es ajeno que se nos reconozca a los costarricenses por dejar todo para último momento. Hace ya 6 años de que la “reforma fiscal” fue aprobada por Asamblea en diciembre del 2018, y aún tenemos a contribuyentes del impuesto de renta y del iva atendiendo cambios y modificaciones.
Estos plazos de ajuste pueden caminar lento, pero en algunas ocasiones apuran el paso y si los obligados no cuentan con la información en orden, pueden estar ante situaciones que afecten su patrimonio.
Este es el caso de la justificación de origen de ingresos en entidades bancarias o cuentas de inversión familiares reguladas. Personalmente he percibido un despertar en el cumplimiento para la búsqueda de legitimación de capitales, en patrimonios donde anteriormente no se tenía alguna solicitud de información específica.
En el caso de personas jurídicas activas, el tener una contabilidad en orden y clara puede facilitar el proceso. Pero en caso de personas físicas o patrimonios familiares determinar el origen puede tornarse una tarea compleja de documentar.
Este comentario se dirige a recordar a los costarricenses, que es aconsejable que tanto el patrimonio de empresas como el patrimonio de inversión de personas físicas y familiares, debe tener una trazabilidad; y si bien no una contabilidad estricta; si debe estar amparada a documentación que pueda dar trazabilidad clara del origen.
¿Y a que se exponen los costarricenses que no puedan documentar de manera completa el origen de sus capitales? La Ley contra la Delincuencia Organizada crea la figura de capitales emergentes y al respecto determina una serie de acciones que están a cargo del control de los oficiales de cumplimiento de las entidades reguladas con la capacidad de congelar recursos que estén en investigación por hechos ilícitos por parte del Ministerio Público o de la Unidad de Análisis Financiero de la ICD.
La norma obliga a los regulados, a documentar valores para ser utilizados como evidencia en los procedimientos. Y en este sentido, es absolutamente relevante que las personas físicas guarden y documenten el origen del capital lícito de los recursos que reciba de diferentes fuentes.
Ya sea una donación de un familiar, un recurso ocioso, un dividendo, dineros de una entidad operativa; la recomendación es asesorarse con su abogado para documentar de la manera correcta y adecuada el origen del mismo; y con un contador que pueda certificar acorde a los documentos tanto el origen del dinero como trazabilidad en cuentas.
Natalia Durán, Gerente de Impuestos de Grant Thornton