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Nueva ley que regula protestas acabará con abusos, según diputados

Quien se vaya a huelga no recibirá pago de salario

Empresarios celebran garantía de continuidad de servicios

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Viernes 17 enero, 2020


“Celebramos esta regulación porque se respeta el derecho a huelga y se asegura la continuidad de la producción y los negocios de las pequeñas, medianas y grandes empresas; además, da seguridad a los inversionistas”, dijo Álvaro Sáenz, presidente de la Uccaep. Cortesía/La República.
“Celebramos esta regulación porque se respeta el derecho a huelga y se asegura la continuidad de la producción y los negocios de las pequeñas, medianas y grandes empresas; además, da seguridad a los inversionistas”, dijo Álvaro Sáenz, presidente de la Uccaep. Cortesía/La República.


De ahora en adelante, quien se vaya a huelga no recibirá el pago del salario por los días que se mantenga protestando.

Ese es el principal cambio que aprobaron ayer los diputados en segundo debate en cuanto al derecho a manifestarse.

Lea más: Trabajadores que se vayan a huelga tendrán rebajo automático de salario

Los legisladores de varios partidos como Liberación Nacional, Unidad Social Cristiana y Acción Ciudadana prometen que los abusos y el chantaje de los sindicatos se acabarán.

En ese sentido, protestas como la de 2018 en contra del plan fiscal -que duró tres meses- serán solo un mal recuerdo.

El rebajo automático del día salarial es avalado por la Organización Internacional del Trabajo, al considerar que el contrato de trabajo se suspende; por tanto, también el pago del salario.

La propuesta prohíbe las huelgas en los servicios públicos esenciales, incluidos la seguridad y la salud.

“Me siento satisfecho porque ha sido un año de pelea, representando a los ciudadanos que han sufrido el abuso por años de algunos movimientos de huelga. Esperamos que, con esta ley, el abuso se termine de una vez, es una victoria para la ciudadanía y el Estado de Derecho”, dijo Carlos Ricardo Benavides, presidente del Congreso y proponente.

Lea más: Empresarios celebran fin del calvario de las huelgas

Por otra parte, las notificaciones se podrán hacer de manera electrónica y no presencial, por lo que los plazos para resolver sobre la legalidad de un movimiento de protesta no se extenderán indefinidamente, sin importar que el representante de un sindicato no aparezca.

El plan ya logró también el visto bueno de la Sala IV.

“Celebramos esta regulación porque se respeta el derecho a huelga y se asegura la continuidad de la producción y los negocios de las pequeñas, medianas y grandes empresas; además, da seguridad a los inversionistas. Es falso que se esté criminalizando la protesta, lo que se está regulando es el derecho constitucional de la huelga”, dijo Álvaro Sáenz, presidente de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociación del Sector Empresarial.

Principales cambios

El rebajo del salario para quien no vaya a trabajar es el principal cambio que aprobaron los legisladores.

• Servicios esenciales como seguridad y salud no podrán irse a huelga, además del suministro eléctrico y agua, entre otros

• Servicios públicos que sí podrán protestar deberán garantizar continuidad del servicio

• Notificaciones por la vía electrónica y no presencial

• En cinco semanas se determinará la legalidad de los movimientos de protesta

• Maestros y profesores tendrán un límite de protesta de 21 días



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