Recetas médicas deberán incluir nombre genérico de los medicamentos
Elizabeth Rodríguez elizabethrodriguez.asesora@larepublica.net | Lunes 04 octubre, 2021 02:46 p. m.
Toda receta emitida por profesionales en medicina, odontología y enfermería deberá llevar la Denominación Común Internacional (DCI), es decir, el nombre genérico del medicamento.
Este nuevo decreto permite además indicar el nombre comercial del medicamento que recomiendan, sin embargo los regentes farmacéuticos deberán informar al consumidor sobre la existencia de todas las diferentes opciones que correspondan al medicamento prescrito e informarle el precio de las alternativas.
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Actualmente, existen 49 principios activos en los que se ha implementado la exigencia de demostrar la equivalencia terapéutica y 73 más en proceso de cumplir los requisitos.
En caso de que esto no suceda, el Ministerio de Salud estará recibiendo las denuncias y podrán ser presentadas en el Área Rectora de Salud más cercana, o al correo electrónico dac.denuncias@misalud.go.cr.
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El listado de los medicamentos aprobados como equivalentes terapéuticos está disponible en la página web del Ministerio de Salud, y se encontrará actualizado con las nuevas aprobaciones.