Reforma laboral pone en jaque al negocio de outsourcing
Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Martes 22 agosto, 2017
Las compañías que venden servicios de limpieza y seguridad privada a terceros tienen el reto de cambiar sus operaciones y aumentar sus costos, para cumplir con la aprobación de la Reforma Procesal Laboral que entró a regir el 25 de julio anterior.
Ahora deben ser más cuidadosas de cumplir con el pago correcto de salarios mínimos, horas extras y aguinaldos de sus trabajadores; de lo contrario, se expondrán a decenas de denuncias.
La reforma actualiza criterios en materia de contratación y despidos, discriminación de personal, derechos del trabajador y asesoría jurídica.
“Estas firmas históricamente enfrentan una serie de vacíos e interpretaciones, producto de la falta de regulación legal y no pagan a sus trabajadores salarios mínimos, aguinaldo o no cancelan horas extras, lo cual deberán cambiar”, destacó Randall González, experto en materia laboral de la firma legal BLP.
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Las sanciones siempre han existido y son más que conocidas por las empresas que incumplen esos derechos laborales y es una multa de uno a 23 salarios base.
Lo que va a cambiar con la reforma, es que los procesos laborales de incumplimiento de deberes patronales ahora son más expeditos y el trabajador podrá contar con la asistencia y la representación de un abogado pagado por el Estado.
La nueva ley extiende el tiempo para que el empleado apele un fallo en su contra, para lo cual se aumentó el personal en el Ministerio de Trabajo mediante la contratación de abogados adicionales y 80 defensores para asesorar a los recurrentes.
Tras averiguaciones realizadas por la firma BLP, algunas empresas, principalmente de seguridad privada, comenzaron a aumentar los montos por sus servicios para pagar salarios y horas extras de conformidad con lo indicado en la legislación laboral.
Además, se estima que, a final del año, se podrían presentar unas 9 mil demandas por incumplimientos de contratos y por trabajar jornadas excesivas, denunció la Asociación Costarricense de Empresas de Seguridad.
Es difícil determinar cuánto subirán los costos de las empresas que tercerizan servicios porque cada caso es diferente; mucho dependerá de sí antes de aprobarse la legislación cumplían o no con las normas laborales.
La empresa de outsourcing debe modificar su operación y esto subirá los costos y los de la compañía que los contrate, por efecto dominó hasta los clientes finales. No es de esperar que ninguna empresa sacrifique sus utilidades absorbiendo los costos derivados de una reforma legal.
Los costos adicionales también implicarán una mayor capacitación y profesionalización de los departamentos de recursos humanos, así como pagar la asesoría de las personas especializadas en temas laborales, sean reclutadores o bufetes legales.
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Las compañías que contratan servicios también tienen que tomar sus previsiones, porque pueden ser demandadas.
Por ejemplo, si usted es dueño de la compañía A y viene incumpliendo con los derechos laborales, pero brinda servicios tercerizados a la firma B y los trabajadores de la empresa A deciden presentar una demanda laboral, pueden hacerlo de manera solidaria a las empresas A y B.
Para que esto no pase, la recomendación es que elabore un contrato de tercerización, en el que se establezca la independencia del prestador del servicio.
El patrono debe transmitir las instrucciones al prestador de los servicios y no a cualquier empleado de este último, ya que esto puede ser interpretado como una relación laboral.
“Se debe tener claro que si la relación es comercial o laboral. Debe especificarse que la tercerización de los servicios son accesorios a la operación central y no debería verse afectada, el problema vendría si la contratación se convierte en una relación laboral camuflada”, destacó Manrique Blen, gerente legal de Deloitte.
Las más afectadas con estas medidas son las pequeñas y medianas empresas, ya que Cinde afirma que no visualiza mayores cambios en las multinacionales y en su relación con terceros ya que estas compañías son respetuosas de la legislación nacional.
“Las multinacionales han tenido que revisar sus procesos de reclutamiento a nivel interno en aras de ajustarse a la legislación laboral, incluyendo capacitaciones a su personal para la toma de decisiones”, aseguró Vanessa Gibson, gerente de Clima de Inversión de Cinde.
En el negocio
Los cambios explicados por los abogados laborales y tributarios fueron desmentidos por las compañías de outsourcing.
Eduardo Mostajo
Asesor corporativo
Global Serviclean
La reforma no afectará el precio de los servicios. Los cambios incorporados tampoco son traumáticos y pretenden evitar prácticas discriminatorias respecto a los trabajadores. La nueva normativa no impone reglas de juego que deban preocuparnos o que nos obliguen a cambios en la empresa. Solo debemos ser más cuidadosos al especificar los motivos al despedir un trabajador cuando la causa le es imputable.
Rodrigo Barrantes
CEO
Mediclean Lavandería
Los efectos de la Reforma Procesal Laboral van en dos vías: a nivel interno, que obliga a las empresas a reforzar los controles en los procedimientos ya establecidos, para fortalecer que el cumplimiento y el apego a la legislación sea el correcto. Además, lleva a contratar personal más calificado. Y segundo, es un costo adicional administrativo y de constante capacitación. El cumplimiento se va a trasladar al cliente, lo cual evidentemente conlleva un encarecimiento del servicio como hasta hoy se realizaba.
Algunos cambios
Algunas de las modificaciones que se aprobaron en la Reforma Procesal Laboral son:
Discriminación La idea es evitarla, porque cualquier trámite tiene prioridad en el juzgado y debe notificarse en menos de 48 horas luego de presentado.
Para conseguir esto, es necesario reclutar al personal cuidadosamente mediante una bolsa de trabajo, sin especificar género, edad ni lugar de residencia en los postulantes.
Despidos Es importante que los patronos se cuiden de una demanda por discriminación en el despido —aun cuando se trate del pago de las prestaciones—, al identificar de manera formal las condiciones no discriminatorias en que se terminó la relación laboral.
Extensión del tiempo para demandar La nueva ley extiende el tiempo en que el empleado puede apelar un fallo en su contra. Se trata de diez años para alegar un cambio en las pruebas, antes era de cuatro años.