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Martes, 26 de noviembre de 2024



FORO DE LECTORES


Reforma tributaria y apertura comercial

| Miércoles 26 noviembre, 2008


Reforma tributaria y apertura comercial


Impartiendo una lección en la universidad, un estudiante afirmaba: “No es necesaria una reforma tributaria si se logra la mejora recaudatoria y la racionalización del gasto”. Esta idea es frecuentemente escuchada en nuestros lugares de trabajo, barrios, centros de estudio e incluso en algunos círculos políticos, por citar algunos ejemplos. Entonces, ¿será verdad que las reformas tributarias solo buscan recaudar más impuestos? Alerta!, ante el más común equívoco. Una auténtica reforma tributaria, en el tanto debe perseguir múltiples objetivos —como herramienta potencializadora del modelo de desarrollo por el que se ha optado— no debe ser vista como sinónimo —directo e inmediato— de movilización de recursos adicionales para el fisco, aunque pueda llegar a cumplir este objetivo. Así, la pregunta más bien debería ser: ¿Responde el actual sistema tributario a los requerimientos del modelo de desarrollo aperturista? ¿Existe total empatía entre el vigente “sistema tributario legal ” y el “sistema tributario real o efectivo”?. Durante los años 70 y 80, los sistemas tributarios latinoamericanos y caribeños fueron diseñados, en momentos en que la mayoría de los países se decantaba por un modelo de sustitución de importaciones, donde el Estado tenía un rol importante como empresario, en donde la informalidad de los mercados laborales no repuntaba, y los procesos de apertura comercial y financiera eran muy incipientes. Hoy, este escenario ha variado con la inserción internacional, y el fortalecimiento de los esquemas de integración económica, por lo que deben promoverse ajustes significativos a la estructura tributaria (sistema tributario y su administración) para que esta sea una eficiente promotora del comercio, la inversión y el desarrollo humano con calidad. En este sentido, si bien resulta comprensible que, dadas las características del entorno político-parlamentario, el tema de la reforma tributaria no haya sido ampliamente abordado, y quizás también apostando a los avances que se puedan lograr con la adopción de medidas alternas (Ej: aumento ingresos tributarios vs. moderación en el gasto, endeudamiento controlado y posibles avances en la iniciativa de ley para la capitalización del Banco Central); lo cierto es que llegado el momento, resultaría deseable que en la agenda tributaria nacional se aborden temas que trasciendan la discusión “per se” de cargas impositivas.
Así, evaluar aspectos como: la estimación de los alcances y efectos del “costo” arancelario por acuerdos comerciales, sostenibilidad fiscal y equidad en la sustitución de ingresos arancelarios, definición de posibles esquemas de compensación para los sectores más sensibles a la liberalización comercial, establecimiento de un impuesto sobre el valor añadido, abandono de la recaudación sustentada con impuestos indirectos, abordaje de las debilidades en la imposición sobre la renta y el patrimonio, ponderación de los efectos sufridos por reducción de políticas sectoriales y su sustitución por políticas de incentivos tributarios, evaluación de las limitaciones para gravar el capital financiero, impulso a esquemas que faciliten la tributación de actividades internacionales, la aplicación de los precios de transferencia, servicios intragrupo y subcapitalización, o promover el intercambio de información, la firma de tratados de doble imposición y la cláusula “tax sparing” para hacer coherente la política de incentivos, o regulaciones anti-paraísos fiscales, son tan solo algunos de los muchos factores a considerar, pues no es mera coincidencia que los países que así lo han hecho lograron encaminar sus estructuras tributarias hacia esquemas sustentables, basados en la eficiencia, la equidad y la suficiencia. Por ello, al finalizar aquella clase en la universidad, solo me restó decir: ¡“Triste sería que Costa Rica no pudiese abordar, en primera clase, el tren del desarrollo por su impericia para pagar el costo tributario del boleto!”

Ingrid Rojas Saborío
Abogada-politóloga





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