Regla fiscal: Disciplina y sostenibilidad para las finanzas públicas
Paulina Ramírez redaccion@larepublica.net | Viernes 17 junio, 2022
Paulina Ramírez
Diputada
PLN
En diciembre de 2018, a partir de la entrada en vigencia de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, se implementó la regla fiscal como un instrumento de límite al crecimiento del gasto público, dependiendo del nivel de deuda del Gobierno Central, tratando de administrar los riesgos fiscales que implica la indisciplina en el gasto.
La contención al crecimiento del gasto público tiene como principal objetivo la estabilización de las finanzas públicas, y la regla fiscal es un instrumento de política presupuestaria y hacendaria que nos permite caminar hacia la deseada sostenibilidad fiscal. Al día de hoy, estamos enfrentándonos a un severo problema fiscal que amerita toda nuestra atención.
La relación deuda-PIB es superior al 60%, lo que significa que nos encontramos ante el escenario más gravoso previsto en el inciso d) del artículo 11 de la citada Ley Nº9635. Haber superado el umbral del 60% de la deuda, implica un riguroso límite a los presupuestos, el gasto ejecutado y un freno a las necesidades de financiamiento.
Esto implica restricciones en los aumentos salariales y las pensiones, y limitaciones al suscribir préstamos o créditos. Tampoco hay margen para realizar incrementos por costo de vida en los incentivos salariales del sector público.
De hecho, para este 2022, el gasto total no podrá crecer más de 1,96%, lo que representa un margen de crecimiento de apenas ¢314.5 millones. Lo anterior significa que este año será uno de los períodos más restrictivos en la aplicación de la regla fiscal, afectando incluso el gasto de capital, que suele utilizarse para inversión pública, generación de empleo y crecimiento económico. El Ministerio de Hacienda ha proyectado que, bajo un escenario pasivo, la deuda empezaría a tener una tendencia decreciente hasta alcanzar 63,2% del PIB en 2027.
Esto nos coloca ante un escenario que implica la revisión integral y reposada de la regla fiscal; sin perder de vista su espíritu y el impacto que ha tenido en la contención indiscriminada del crecimiento del gasto, procurando mejorar su eficiencia en la asignación.
Luego de tres periodos consecutivos de implementación, el país puede hacer una valoración sobre los retos y mejoras, para fortalecerla y perfeccionarla, en procura de seguir desarrollando mayor disciplina fiscal y la revisión a conciencia de los presupuestos públicos. Este es el objetivo del expediente legislativo 23.050, propuesto por la fracción liberacionista el periodo constitucional pasado, que plantea una reforma a varios artículos del Título IV de la Ley Nº9635. Entre los principales cambios, se encuentran: 1) Que la restricción en el gasto no aplique al gasto de capital, a fin de no restringir la inversión pública; 2) Dar claridad en la forma en que se define el promedio del crecimiento del PIB nominal que debe usarse; 3) Adicionar supuestos de exclusión de la regla, como los gastos financiados con fondos de la cooperación internacional y otros; y 4) Modificar con base en la experiencia, las condiciones en que se aplican las cláusulas de escape a la regla.
Esta última modificación resulta de gran relevancia dado que la Administración Alvarado Quesada, valiéndose de la emergencia nacional, impulsó y aplicó dicho mecanismo de escape para varias instituciones por un monto total de ¢147.116 millones. Según un informe dado a conocer por la CGR, en diciembre de 2021, se detectaron una serie de deficiencias, debilidades y omisiones que se traducen en una sistemática violación a las disposiciones del artículo 16 de la Ley Nº9635.
Estas deficiencias reflejan una evidente falta de coordinación en la definición de criterios para el otorgamiento de la cláusula de escape, debilidades en el análisis del nexo causal para su aplicación, y la necesidad de transparentar las acciones realizadas por las instancias que intervienen en el proceso de otorgamiento. Entendemos que la emergencia nacional ocasionó cambios en las prioridades de la política pública, y eso replanteó las medidas fiscales, pero esto no debe ejecutarse, bajo ninguna circunstancia, incumpliendo el marco normativo y los fines perseguidos por la ley.
El informe de auditoría da cuenta sobre el proceder ilegal, ineficiente y poco transparente con que algunas instituciones aplicaron la citada ley para ser excluidas. Desde la Presidencia de la Comisión de Asuntos Hacendarios, estamos comprometidos con la racionalización del gasto público y creemos que es este el momento oportuno para abrir los espacios de diálogo y análisis sobre los retos y las oportunidades en la implementación de la regla fiscal, con el objeto de seguir trazando la añorada ruta hacia la sostenibilidad permanente de las finanzas públicas de Costa Rica.