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¿Se puede hacer fraude en las próximas elecciones?

Vladimir de la Cruz vladimirdelacruz@hotmail.com | Miércoles 22 noviembre, 2017


Pizarrón

¿Se puede hacer fraude en las próximas elecciones?

Aunque parezca extraño, contradictorio, paradójico y sorprendente, los procesos electorales que hoy vivimos intensamente, de la historia política y la construcción democrática nacional que hoy tenemos, fueron, especialmente antes de 1948, resultado de fraudes, verdaderos fraudes electorales, que de distinta manera, y no pocos, se realizaban en cada proceso electoral, que están bien estudiados, generalmente hechos desde el Poder Ejecutivo, que era el que organizaba los comicios. Nos guste o no, lo aceptemos o no, la democracia que tenemos fue construida a base de esos fraudes electorales y de los gobiernos, y gobernantes, que hicieron surgir.

La década de 1940-1950 fue en cierta manera el parteaguas de esta situación. No se evitaron los fraudes en las campañas electorales de 1944 y de 1948, pero hicieron explosionar la sociedad existente; es decir, hicieron estallar la aparente tranquilidad democrática de esos años, para agitarla, más que contemplarla para transformarla radicalmente yendo a la raíz de los eventos que provocaban esas situaciones vinculadas al fraude electoral. La hicieron explotar, de donde se extrajo la riqueza más importante del proceso histórico costarricense, cual fue la de “purificar” ese proceso electoral, garantizarlo, separarlo de la influencia directa del Poder Ejecutivo, y de asegurarlo con una institución sólida, independiente, gestora en todas sus fases y declaradora de los resultados, sin apelación posible, creando para ello el Tribunal Supremo de Elecciones en 1949.

A pesar de los intentos que se hicieron con la aprobación del Código Electoral de 1946, que con sus reformas llegó hasta 2009, no se pudieron evitar los fraudes en la elección de 1948, que finalmente provocaron el alzamiento de José Figueres, su triunfo político militar, y su estancia en la Presidencia de la Junta de Gobierno durante 1948-1949.

De ese gobierno de facto resultó la Asamblea Nacional Constituyente, y la redacción de la actual Constitución Política. Con ella se estableció, con rango de Poder Público, equiparable a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), con la exclusividad de su función electoral, e indelegabilidad de la misma. Esto constituyó, comparado con el pasado inmediato e histórico, una verdadera revolución. Fue quitarle las manos directas al Poder Ejecutivo y al Legislativo, en lo que tocaba al proceso electoral y a la validez de sus resultados.

Desde 1949 hasta hoy el TSE se ha venido perfeccionando en esta exclusiva e indelegable función.
Durante mucho tiempo sus magistrados fueron electos sin la preparación electoral suficiente y especializada, muchos de ellos con especialidad en el derecho penal y otras ramas, mas no la electoral, hoy una rama muy especializada del derecho en general, del derecho político o constitucional, en lo que atañe a los derechos políticos, a la estructura de los procesos electorales y su organización.

Me atrevo a señalar que desde la llegada del magistrado Antonio Sobrado, quien es desde hace varios años presidente del TSE, se inició el cambio profundo en este órgano institucional, tratando de especializar a sus magistrados, y a su personal altamente calificado, en la materia electoral. Aún falta. El magistrado Sobrado no venía del campo electoral, venía de la Procuraduría General de la República, y eso era adecentar, y judicializar de nueva manera y nueva visión, en mucho, a ese alto Tribunal.

Desde entonces, algunos de sus funcionarios han sido enviados al extranjero a especializarse en este campo. Probablemente en los próximos años más lo hagan, y faltará tiempo para que el conjunto de sus magistrados provengan de esta especialidad, del derecho electoral, que mucho se ha desarrollado internacionalmente.

Con el TSE, a partir de 1949, se han organizado todos los procesos electorales incluido el próximo de febrero de 2018. Desde 1951, con el Plebiscito de La Tigra, donde votaron por primera vez las mujeres en el país, hasta las elecciones de 2018, en marcha, donde están prácticamente igualadas las mujeres, se han producido 23 procesos electorales, el de La Tigra, 17 procesos electorales de carácter nacional, para elegir presidente, diputados y representantes municipales, dos procesos para elegir alcaldes, uno para elegir alcaldes y representantes municipales y un referéndum nacional, el del TLC, y varios de carácter municipal, como el del Río Pacuare y el de la destitución del alcalde de Pérez Zeledón.

En todos esos procesos electorales no se ha acusado al TSE de ningún cargo de “fraude” institucional, es decir de fraude que pueda hacerse con la acción directa de los magistrados y los funcionarios del Tribunal que en las campañas electorales participan. No escapa, eso sí, el compromiso de algunos magistrados, que en función de su alto cargo, velaban o puedan velar más por los intereses de alguno, o algunos, de los grandes partidos políticos que participaban o participan en los procesos electorales, en perjuicio de los restantes.

Durante el periodo de la Guerra Fría, 1948-1970, los miembros del TSE, los magistrados, en su totalidad, en uso del segundo párrafo del Artículo 98 de la Constitución Política, y del Decreto No.105 de la Junta de Gobierno de 1948, fueron implacables en declarar la ilegalidad, y la no participación de varios partidos políticos de izquierda, negando de esa manera el derecho de organización política de ciudadanos, a quienes no se les negaba su derecho de elegir, el de votación por cualquiera de las otras alternativas, pero no se les permitía votar por ellos mismos. Esto fue sin lugar a dudas un periodo oscuro de la democracia política y electoral que había surgido a partir de 1949, al amparo de la actual Constitución. Por cierto en la exposición que ha montado el TSE, sobre su historia y la del sufragio en Costa Rica, en el Museo Nacional no destacan este lunar del desarrollo político electoral nacional. Este es un aspecto que no se puede omitir, aunque se puede explicar de conformidad a las situaciones históricas que se vivían.

Todavía, a mediados de la década de 1980-1990, con motivo de la división del Partido Vanguardia Popular, el partido comunista costarricense, cuando un grupo de esta división intentó inscribir un Partido Comunista de Costa Rica, el TSE, por una resolución redactada por el magistrado Rafael Villegas, un claro partidario liberacionista, se prohibió, ad perpetuam, que con ese nombre no se podía inscribir un partido político, porque por su naturaleza, palabras más, palabras menos, atentaba contra la democracia.

A partir de 1970, cuando se logró inscribir el Partido Acción Socialista, que llevó a Manuel Mora Valverde y a Marcial Aguiluz Orellana, como diputados, y con la eliminación del segundo párrafo del artículo 98 de la Constitución Política, en 1974-1975, sin lugar a dudas la democracia política nacional se amplió y enriqueció.

Aun así continúa una carlanca sobre los partidos pequeños, sobre los nuevos partidos que participan en los procesos electorales, y sobre todos aquellos que no obtienen un 4% de los votos o no eligen un diputado. De conformidad al artículo 96 de a Constitución Política solo tienen derecho al financiamiento público de sus campañas electorales los partidos que tengan ese porcentaje de votos o elijan un diputado.

Los magistrados electorales no han hecho nada hasta hoy, de su propia cosecha, pudiendo proponerlo, por mejorar este sistema de financiamiento, de manera que alcance y cobije a todos los partidos políticos que participan en las distintas campañas electorales. En este sentido son complacientes con la estructura establecida en la Constitución Política, a favor de un pequeño número de partidos, pudiendo ellos actuar con algún proyecto de ley para quitar esa limitación y democratizar más la vida electoral nacional. Ni siquiera en el nuevo Código Electoral, de 2009, avanzaron en este sentido, se quedaron anclados en 1949. Qué lástima, o qué vergüenza. De esto se les puede acusar, de ser favorecedores de ciertos partidos políticos, pero no de fraudes electorales. Es la Constitución Política la que favorece a determinados e innominados partidos políticos. Los magistrados aplican la Constitución Política, la “observan”.

Tampoco los partidos que llegan a la Asamblea Legislativa, ni los grandes, obviamente porque no les interesa del todo, ni los pequeños, los cristianos y los de izquierda, se han interesado en resolver este asunto, de ampliar el derecho de pago de la llamada deuda electoral de los partidos, porque en la práctica sería favorecer a todos los partidos políticos, y a los nuevos, y eso a estos partidos tampoco les interesa que se les asegure algo de dinero de ese financiamiento.

¿Dónde está la clave del proceso electoral el día de las elecciones? Está en la mesa electoral. La clave más importante electoral que funciona como elemento democrático de la organización electoral es que las mesas receptoras de votos, están bajo la administración directa y cuido de los miembros de los partidos políticos que participan en cada proceso electoral. En cada una de ellas puede haber un miembro de mesa de cada partido, desde que abre hasta que cierra la votación.

Pueden acreditarse como miembros de mesa, en cada mesa, uno o varios miembros si el partido tiene esa capacidad. Pueden acreditarse también fiscales generales, que no son miembros de mesa, aunque participan como testigos oculares, en recintos electorales o en mesas de votación, y aunque puedan opinar no pueden decidir sobre lo que los miembros de mesa acuerden, pero sí pueden apelar si les parece que deben hacerlo.

Los miembros de mesa son los que al cerrar el proceso electoral llevan a cabo el escrutinio, el conteo de votos, y son los que dicen cuál voto es válido, cuál nulo y cuál está en blanco, llenan el acta respectiva y actualmente su dictamen es declarativo salvo que se impugne el resultado de esa mesa, lo que hace que se traslade para su verificación a la sede del TSE. Esta impugnación la pueden hacer los miembros de mesa in situ o los fiscales generales de los partidos.

Si un partido político no inscribe miembros de mesa está en desventaja respecto a los que sí inscriben, porque no habrá nadie que le cuide sus votos. Los otros miembros tratarán de anular aquellos que presenten alguna duda en su emisión, y aquí es donde radica el importante papel y juego de los miembros de mesa, en asegurar los votos de su partido y en ver cómo anulan de los otros partidos.

¿Se puede introducir un voto fraudulentamente a la urna? Técnicamente es muy difícil hacerlo hoy. No se puede producir lo que antes de 1948 se llamaba el “chorreo” de votos. Esto consistía en que se facilitaba una papeleta debidamente marcada, o votada a favor de un partido, a un votante, este se presentaba al recinto electoral donde le daban una papeleta en blanco, iba luego a su mesa donde introducía la marcada que llevaba, sacaba la limpia para entregarla y para que la marcaran, y de esa manera nuevamente se introducía, de esa forma provocando ese “chorreo” de votos. Esto técnicamente no se puede hacer hoy. Esto está prácticamente asegurado por el TSE. Sin embargo, hay un peligro similar. Cuando en una mesa electoral los miembros de mesa, sobre todo si son integrados por un mismo partido a nombre de diferentes partidos, se ponen de acuerdo para ir firmando anticipadamente las papeletas, lo que tienen que hacer al dorso, delante del votante cuando se la dan, con el ánimo de ir acelerando y facilitando el tiempo de votación. Si por ello se acumulan varias papeletas debidamente firmadas, y al cierre de votación están debidamente firmadas, y hubiere una situación irregular en la integración de miembros de mesa, donde se pusieren de acuerdo en introducir esas papeletas firmadas por los miembros de mesas, agregándoles una intención de voto por un partido determinado.

Actualmente, el resultado electoral se declara con base en los informes de las actas que se envían al TSE. Ya no se procede a revisar mesa por mesa los votos de cada urna, como se hacía antes, hasta las elecciones de 2002. Cuando esto se hacía, revisar los votos mesa por mesa, en el TSE se organizaba un espacio para colocar una docena de grandes mesas donde se iban revisando los votos. Allí de nuevo, los miembros acreditados iban viendo los votos, especialmente los nulos, para analizar a cuál salvaban y a los emitidos para ver a cuál anulaban. En este ejercicio los partidos políticos pequeños tenían poca capacidad de participar de igual a igual con los grandes. En cierta forma hoy los resultados por los informes de mesa aligeran y validan más rápidamente este proceso.

¿En la administración del proceso electoral se puede favorecer a unos y perjudicar a otros partidos? Sí y no. El principio democrático es hacer más accesible y más cercano el voto al votante. En este sentido el facilitar más juntas electorales y más mesas electorales suena más democrático, es llevarle más cerca el sitio de votación al votante. Aquí se favorece más a los partidos más grandes, más organizados y de mayor participación en procesos electorales, porque tienen más capacidad de nombrar miembros de mesas, para cuidar sus votos. A mayor número de mesas más democracia directa pero menos capacidad de cuidar los votos para los partidos pequeños si no tienen miembros en todas las mesas.

Dos anécdotas que ilustran la importancia de estos miembros de mesa.

La primera. En la elección de 1998, cuando fui candidato a la Presidencia por el Partido Fuerza Democrática, al momento de inscribir miembros de mesa, se nos acercaron miembros de los partidos Liberación nacional y la Unidad Social Cristiana, en ese momento los más grandes, a ofrecernos, si necesitábamos, miembros de mesa en todo el país. En ese momento entendí la importancia que tenían y el valor estratégico que les asignaban estos partidos, porque presentar miembros de mesa de esos partidos, como propios, era doblarles la membresía en las mesas, para tomar decisiones o para actuar desde la mesa de manera irregular o fraudulenta. Si esa oferta se la hacían a varios a partidos más grave era la situación si todos aceptaban. Nosotros no aceptamos ese ofrecimiento pero sí nos esclareció que esos partidos, en ese momento, o hasta esa época, podían influir en el resultado electoral actuando de esa manera, controlando las mesas, es decir, solo en la mesa electoral se podía hacer fraude, anulando votos o introduciendo votos. En la campaña de 2002 y en la de 2006 no nos hicieron esa oferta. Para la de 2006 el Tribunal había iniciado una política de nombrar auxiliares de mesa, hoy muy desarrollada, con alcance en todo el país.

La segunda. En las elecciones de 2006, cuando fueron tan tensas por su igualado resultado, y ya existente el sistema de hacer válido el resultado por las actas de mesas, y no por la revisión de votos en el TSE, el Partido Acción Ciudadana (PAC), impugnó las mesas, especialmente de la provincia de Limón, donde ellos, el PAC, no había tenido miembros de mesa. ¿Por qué? Porque ellos venían de Liberación Nacional y sabían cómo se operaba en la mesas de votación, con sus representantes. Al final, la situación se resolvió revisando todas las mesas de la campaña de 2006. La diferencia de votos aumentó levemente a favor de Liberación Nacional al escrutar de nuevo, voto por voto, en una situación que casi durante tres semanas nadie reconocía haber ganado esa elección. De esa situación, bien analizada, aún persisten personas en que hubo fraude, que quedó claro que no lo hubo.

Esta situación de las mesas sigue siendo la espada de Damocles de todos los partidos políticos, especialmente de los pequeños y nuevos que no tienen capacidad de nombrar miembros en todas las mesas. Hoy con los auxiliares del TSE se facilita mucho que esta posibilidad de actuar con intenciones fraudulentas en mesa no pueda suceder.

El otro elemento que interviene en el número de mesas es el transporte. Pocas mesas obliga también a transportar, a movilizar votantes. Los partidos que tienen más posibilidad son los más grandes, y los que tienen más acceso a la deuda pública electoral. El TSE no ha podido aún garantizar que el día de las elecciones, todo el transporte público, con todas sus unidades vehiculares, esté trabajando de manera gratuita y al servicio del proceso electoral. Los transportistas, y dueños monopólicos de líneas, generalmente hacen grandes negocios con los grandes partidos, o financiándoles, o facilitándoles transporte a ellos.

Para el día 4 de febrero, al menos, el TSE tal vez pueda asegurar, si funcionan ese día, y no los chocan la víspera, que los trenes estén trabajando desde las 5 a.m. hasta las 8 p.m. por lo menos, de manera gratuita, de forma continua, de ida y vuelta continuamente, sin horario como el que tienen hoy. Ya esto sería algo, al menos en el Valle Central, desde Alajuela hasta Cartago.

El candidato Juan Diego Castro Fernández está llamando para que los ciudadanos se “preparen para enfrentar el mayor fraude electoral planeado por la corrupción”. Llama al mismo tiempo a “organizarse para derrotar a los partidos corruptos”.

En la historia electoral del país, desde 1949, nadie ha sido acusado y procesado de “corrupción electoral”, ni un partido político como tal, ni dirigentes de algún partido en particular, de alteración de un proceso electoral en especial.

La corrupción es la acción de corromper, de echar a perder, alterar, dañar, pervertir, sobornar, cohechar o sobornar algún funcionario público. La acción de corrupción solo puede hacerla el corruptor, que es quien ejerce esa acción de corromper. Y esta acción es hecha o puede ser hecha por una o varias personas.

Los partidos como instituciones no pueden realizar actos o acciones de corrupción. Es igual que la declaración religiosa del Estado. Es igual que decir que una pared es religiosa o que es corrupta. El Estado no puede ser religioso.

Los partidos hacen acciones por sus dirigentes o sus personas, quienes los representan o actúan en sus nombres. Son las personas, los dirigentes, en este caso, de los partidos políticos los que sí pueden realizar actos corruptos. Recientemente han sido acusados y procesados algunos dirigentes de partidos políticos por actos indebidos o corruptos en el manejo de sus finanzas.

Si el candidato Juan Diego Castro, que es abogado penalista, sabe y conoce de alguna acción orientada para provocar un fraude, “el mayor fraude electoral planeado” como lo ha llamado, está en la obligación penal de elevarlo a la Fiscalía o el Ministerio Público, ponerlo en conocimiento del Tribunal Supremo de Elecciones, para su investigación y evitarlo si fuere cierto.

Decir por decir que hay que “prepararse para enfrentar el mayor fraude electoral planeado”, es actuar de manera muy irresponsable. Hay que concretar los cargos sobre quienes están planeando este fraude electoral.

En la generalidad de “hacer fraudes” caben todos sin exclusión, y en ese sentido igual vale cuidarse de todos. Aquí es todos contra todos. Aquí no hay, por ahora, un Fuenteovejuna… todos a una!, ni hay a las claras expuesto por Juan Diego Castro un Comendador. ¿Quién es el Comendador, o cuáles comendadores, están actuando, “planeando” el “mayor fraude electoral”?

A él como a todos los candidatos presidenciales y a diputados, a su partido político y a todos los partidos políticos que están inscritos en el proceso electoral, a él y a todos nosotros como ciudadanos nos interesa evitar cualquier fraude y asegurar que el proceso electoral transcurra con la mayor transparencia y credibilidad posible.

Ante el proceso electoral en marcha los partidos políticos deben procurar tener sus miembros de mesa, en todas las mesas. Esta es la clave para evitar cualquier sorpresa inesperada.

Si la expectativa extra mesa de votación, la pública, la que se observa y se percibe, la que se retrata en encuestas, al día de las elecciones, o su víspera, es que un candidato, cualquiera que sea, es claro ganador, así será el resultado.

Y si ese resultado condujera a una segunda ronda, así será igualmente. Solo que las elecciones de segunda ronda, en este proceso electoral pueden llegar a tener otras reglas.

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