Primera etapa dejó ¢152 mil millones en las arcas del Estado
Segundo tracto de amnistía perdonará multas hasta del 70% a contribuyentes morosos
Brandon Flores bflores@larepublica.net | Viernes 01 febrero, 2019
El segundo tracto de la amnistía tributaria, que vence este lunes 4 de febrero, perdonará hasta el 70% de los intereses o multas a los contribuyentes que no estén al día.
Hacienda busca que los deudores con el fisco se pongan al día con su situación y además obtener recursos frescos que mejorarán su recaudación.
El contribuyente, ya sea persona física o jurídica, que tenga anomalías con Tributación puede poner al día su situación, siempre y cuando esas obligaciones hayan sido anteriores a octubre de 2017.
Asimismo, la amnistía es válida para deudas con el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, el Instituto Costarricense de Turismo, el IMAS e Instituto de Desarrollo Rural.
Con la implementación de la reforma fiscal, la amnistía tributaria se dividió en tres tractos; el primero de ellos, que finalizó el 4 de enero anterior, dejó ¢152 mil millones a las arcas del Estado dado que 8.800 contribuyentes se acogieron a esta medida.
Una vez que finalice este tramo, quedará solo uno pendiente (hasta el 4 de marzo); y los interesados pueden obtener información en las oficinas de la administración tributaria de todo el país.
Los pasos necesarios
Siguiendo estas recomendaciones, el contribuyente, ya sea persona física o jurídica puede acogerse a la amnistía fiscal.
1. Ser sinceros y revisar si hay algún aspecto de su declaración que deban corregir.
2. Si ya tiene un proceso abierto en Tributación o Tribunales de Justicia, valore con su contador y abogado la situación, los pros y los contras.
3. Si concluye que existen razones para acogerse, piense las implicaciones que puede tener en otras declaraciones o tributos, sean impuestos u otros.
4. Haga números para saber cómo puede pagarlos, dado el caso. Recuerde que paga impuestos, no paga intereses.
Herramienta importante
Además de normalizar la situación de los contribuyentes, la amnistía genera recursos frescos para las finanzas públicas.
Ronald Artavia
Presidente
Colegio de Contadores Públicos
Cualquier persona física o jurídica que tenga deudas pendientes con el Ministerio de Hacienda, puede acogerse a la amnistía tributaria.
Si el contribuyente no puede pagar ya, puede gestionar un arreglo de pago, esto implica una reducción de la sanción en un 60%, o sea el contribuyente pagaría solo el 40% de la sanción pero debe tener un aval o fianza de una entidad bancaria.
Luis Chacón
Socio de Impuestos
BLP
Este 4 de febrero es la fecha límite para saldar las deudas con la administración tributaria, sin pagar intereses y con una condonación del 70% en las multas que dichas obligaciones hayan generado.
Este período de gracia permite a los contribuyentes resolver de forma sencilla su estatus, sin temor a sufrir más adelante el proceso que le podría generar el no estar al día.