TSE pidió levantar secreto bancario de fideicomiso de Rodrigo Chaves
Seis años de cárcel serían la sanción para los responsables de conformar una estructura ilegal de financiamiento para la campaña
Partidos están obligados a reportar todo movimiento financiero, incluso en época no electoral
Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Domingo 03 abril, 2022
La conformación de una estructura ilegal de financiamiento para la campaña política, podría castigarse con una pena carcelaria que oscila entre dos y seis años para los infractores, según el Código Electoral.
La sanción pretende evitar la creación de estructuras paralelas al margen de la ley y de esta forma, frenar el ingreso de recursos provenientes de empresas y extranjeros o peor aún, de actividades ilícitas.
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Denuncias presentadas ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y varias informaciones publicadas por la prensa, hicieron que el órgano fiscalizador solicitara el viernes levantar el secreto bancario de un fideicomiso que creó la campaña de Progreso Social del candidato Rodrigo Chaves.
“Se hizo la solicitud por parte del Tribunal de Elecciones para acceder a cuentas del fideicomiso en cuestión (…) Ya existe una resolución del Tribunal en donde se le notifica a Banco Nacional, para que dé el acceso correspondiente a estas cuentas”, confirmó Héctor Fernández, secretario del TSE.
Por el momento, los detalles de la investigación se desconocen porque se trata de un proceso abierto.
Sin embargo, sí está claro que el fideicomiso no se reportó al TSE antes de octubre, que es cuando se da el banderazo de salida oficial de las elecciones.
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El objetivo de dicho instrumento financiero supuestamente fue captar miles de dólares para financiar los esfuerzos proselitistas de Chaves para llegar a la presidencia. En este caso, la denuncia la hizo Adriana Brenes, secretaria de Progreso Social.
Sobre este tema, el partido emergente consideró al fideicomiso -en un comunicado de prensa el pasado 9 de marzo -como una actividad privada y por tanto legal.
“La candidatura de Rodrigo Chaves fue ratificada el 19 de septiembre del 2021. Antes de esa fecha, el fideicomiso Costa Rica Próspera, operó como una actividad privada, no regulada por el código electoral. Es decir, una iniciativa de un grupo de ciudadanos no prohibida por la ley. (…) El fideicomiso se disolvió el 18 de setiembre de 2021, un día antes de la elección de Rodrigo como candidato. A partir de ese día, el fideicomiso solo liquidó los contratos en curso y devolvió el remanente a sus donantes el 8 de octubre de 2021. En el fideicomiso no hay nada oculto”, dijo Arnoldo André, representante de la campaña de Chaves.
Sin embargo, como los partidos políticos tienen una naturaleza pública, todos sus movimientos financieros deben reportarse ante el TSE, sin importar si se trata de época electoral o no.
En ese sentido, las agrupaciones políticas están obligadas a presentar informes trimestrales antes del arranque de las elecciones y una vez que se dé el banderazo de salida de la contienda, la obligación es mensual, según Rónald Chacón, jefe del departamento de financiamiento de los partidos políticos del TSE, al referirse a una consulta general sobre la ley y no específicamente sobre el caso de Progreso Social.
Mientras tanto, en el caso de Liberación Nacional y su candidato José María Figueres, se estaría investigando un viaje que hizo el verdiblanco a República Dominicana entre el 6 y el 7 de marzo.
La investigación incluye una donación en especie que hiciera un empresario por ¢13 millones al PLN y que no se reportó inicialmente.
El político se ausentó del país por menos de 24 horas, pero su salida al exterior causó gran extrañeza entre la prensa porque nunca se informó que él abandonaría Costa Rica y también porque no tenía mayor sentido al calor de la contienda.
Figueres fue invitado por un empresario de ese país caribeño, para reunirse con ejecutivos de empresas y con funcionarios del gobierno dominicano; agregó que hablaron, entre otras cosas, sobre el precio internacional del petróleo.
Código Electoral
El Código Electoral es claro en sus artículos 275 y 276 en torno a las limitaciones establecidas al financiamiento de los partidos.
Estos son algunos de los elementos más importantes:
- Pena de prisión de dos meses a un año al tesorero que omita llevar un registro de actividades de recaudación de fondos del partido
- Se castigará con cárcel de dos a seis años a quien tenga conocimiento de contribuciones, donaciones o aportes contraviniendo las normas del TSE y no lo denuncie
- Precandidatos oficializados por los partidos, responsables de las campañas o cualquier otro personero que reciba contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte valiéndose de una estructura paralela, será castigado con pena de cárcel de dos a seis años
- Donaciones de empresas y de extranjeros están prohibidas