Entrevista Especial Mercedes Sancho, socia de ECIJA Costa Rica
Sobre FUTV: “Habría que analizar si es una práctica monopolística o una alianza”
Experta en derecho y propiedad intelectual asegura que Gobierno debe pronunciarse ante denuncia de Erwen Masís, diputado del PUSC
Johnny Castro johnnycastro.asesor@larepublica.net | Jueves 06 febrero, 2020
Casi la mitad de los hogares costarricenses se quedaría sin ver partidos de fútbol de Saprissa, La Liga y Heredia a partir del 29 de febrero, día en que se acabarán las transmisiones gratuitas mediante señal abierta.
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La cablera Tigo y las empresas de televisión satelital Claro y Sky todavía no llegan a un acuerdo con el nuevo canal FUTV que comenzará a operar el 29 de febrero.
El tema llegó hasta la Asamblea Legislativa, donde el diputado del PUSC, Erwen Masís, presentó una denuncia ante la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom).
LA REPÚBLICA decidió conversar con Mercedes Sancho, socia de ECIJA Costa Rica y experta en Derecho del Consumidor sobre este tema.
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¿Podría declararse monopolio u oligopolio el acuerdo de Repretel y Teletica con FUTV y un tercero, en apariencia, para la transmisión de los partidos de fútbol?
Habría que analizar si es una práctica monopolística absoluta, pues podría considerarse como una alianza o combinación de negocios entre agentes económicos competidores que permitiría fijar, elevar, o manipular el precio a pagar por este nuevo servicio.
El tema llegó a Coprocom. ¿Ellos se deben pronunciar?
Ante la denuncia presentada por el diputado Erwen Masís, del PUSC, Coprocom debe pronunciarse y seguir el procedimiento indicado en el artículo 28 de la Ley del Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia de Costa Rica.
¿Qué dice la ley sobre este tipo de eventos?
La nueva normativa establece un procedimiento especial que la Coprocom debe seguir ante esta denuncia.
¿Pero la nueva ley no cuenta con reglamento aún?
La nueva normativa no cuenta con su reglamento; sin embargo, es muy completa y regula de manera adecuada el proceso que deben seguir ante una denuncia.
¿Requiere de algún permiso especial de la Superintendencia de Telecomunicaciones, si se considera que quienes transmiten está claro, pero la producción (cámaras, control máster, móviles, transmisión) sigue siendo del 6 y el 7?
De conformidad con las regulaciones, la transacción como tal no requiere permiso alguno porque no es de su competencia.
Si bien la Sutel investiga prácticas monopolísticas por operadores de redes o de comunicaciones, tiene competencia para regular las concesiones de las telecomunicaciones, pero no así de los contenidos (me refiero a la cesión de los derechos de transmisión).
Los derechos de transmisión de los partidos son de índole privada, pero las concesiones del 6 y 7 públicas. ¿Hay contradicción?
No hay contradicción, debemos recordar que no se discute la concesión, sino el contenido de los derechos de transmisión.
Se dice que FUTV sería de personeros inscritos en Canal 7. ¿Qué pasa si esto se logra demostrar?
No nos consta tal información pero, de ser así, podría catalogarse como una práctica monopolística entre competidores y podría verse investigado por la Coprocom.
¿Quién es?
Nombre Mercedes Sancho
Cargo Abogada ECIJA
Firma ECIJA Costa Rica
Especialidad
- Corporativo, Inversión Extranjera y Derecho del Consumidor
Títulos
- Licenciada de la UCR
- Cursa MBA en ADEN