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Todo lo que debe saber sobre los cambios en la pensión alimenticia con el nuevo Código de Familia

Este martes 1° de octubre, entró en vigencia el nuevo Código Procesal de Familia en el país.

Esteban Arrieta earrieta@larepublica.net | Martes 01 octubre, 2024 01:29 p. m.


El nuevo Código de Familia entró a regir este martes. Cortesía/La República.
El nuevo Código de Familia entró a regir este martes. Cortesía/La República.


Este martes 1° de octubre, entró en vigencia el nuevo Código Procesal de Familia en el país.

Se trata de una reforma significativa en los procedimientos relacionados con el Derecho de Familia, incluyendo importantes cambios en la tramitación de pensiones alimenticias.

El nuevo código fue aprobado hace cinco años por la Asamblea Legislativa.

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Estos son los elementos más relevantes que usted debe saber, de acuerdo con Globalex:

Principales modificaciones en el proceso de pensión alimenticia

Con el nuevo Código, se busca acortar los plazos, modernizar y simplificar los procedimientos judiciales. Uno de los cambios más relevantes es la sustitución de los procesos escritos por procesos orales, así como la reducción de 32 procedimientos diferentes a tan solo cuatro.

En el ámbito de las solicitudes de pensión alimentaria, el nuevo Código introduce una metodología que prioriza la conciliación pacífica entre las partes involucradas.

Anteriormente, el juez evaluaba la solicitud, fijaba o no una cuota provisional y otorgaba un plazo a la persona demandada para presentar una respuesta. Este proceso podía alargarse, ya que se llevaban a cabo audiencias para presentar pruebas antes de llegar a una sentencia definitiva que determinara el monto a pagar.

Ahora, con el Código Procesal de Familia, el procedimiento se invierte: una vez que se presenta la demanda, se lleva a cabo obligatoriamente una audiencia de conciliación entre las partes. Si logran llegar a un acuerdo, se establece la pensión sin necesidad de un fallo judicial; en caso contrario, el juez procederá a emitir una resolución en un plazo mucho más corto. Este cambio busca reducir la confrontación y acelerar la solución del conflicto.

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Otra novedad es la reforma del apremio corporal, que anteriormente era uniforme: cualquier incumplimiento en el pago de la pensión alimentaria implicaba una pena de hasta seis meses de cárcel. Con el nuevo Código, se establece un modelo escalonado para esta sanción:

• La primera orden de apremio será de hasta dos meses de cárcel.

• La segunda orden será de hasta cuatro meses.

• A partir de la tercera, el juez podrá imponer un plazo de hasta seis meses.

Asistencia letrada para quienes no tienen recursos

El Código también contempla que las personas beneficiarias que no cuenten con los recursos económicos para contratar un abogado puedan solicitar asistencia letrada a la Defensa Pública del Poder Judicial. Esta entidad asume las mismas funciones y responsabilidades que un abogado privado. No obstante, si en algún momento se detecta que la parte tiene medios económicos suficientes, se le podrá exigir que asuma los costos de honorarios.

Exoneración de costos y uso de medios tecnológicos

El principio de gratuidad también está presente en el Código, ya que todas las actuaciones judiciales en esta materia estarán exentas del pago de tasas, impuestos y timbres. Además, se prevé el uso de medios tecnológicos para documentar las actuaciones judiciales y se permite que las partes soliciten copias electrónicas, siempre que se garantice la privacidad.


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