¿Trabaja horas extras? Conozca cómo se pagan
Karla Barquero karlabarquero.asesora@larepublica.net | Martes 01 octubre, 2019 10:55 a. m.
Las horas extras corresponden al tiempo que se labora más allá de la jornada ordinaria correspondiente, y lo que procede es el pago de tiempo extraordinario.
Deben ser excepcionales y no permanentes, pues deben obedecer a situaciones de necesidad de la empresa y no una habitualidad.
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“El pago de las horas extras significa que se debe cancelar al trabajador un 50% adicional de conformidad con el valor de cada hora laborada. La jornada ordinaria sumada a la extraordinaria no puede ser mayor a 12 horas; es decir, no puede exigírsele al trabajador laborar más de doce horas por día”, explicó Erika Barrantes, directora departamento laboral de la firma Sfera.
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Como excepción están los siguientes cargos:
- Gerentes
- Administradores
- Apoderados
- Empleados que trabajan sin fiscalización superior inmediata
- Trabajadores que ocupan puestos de confianza
- Agentes comisionistas y empleados similares que no ocupen su cometido en el local del establecimiento
- Personal que desempeñe funciones discontinuas o que requiera su sola presencia
- Trabajadores que realizan labores que, por su naturaleza, no están sometidos a jornadas de trabajo
Estas personas no estarán obligadas a permanecer más de doce horas diarias en su trabajo y tendrán derecho, dentro de esa jornada, a un descanso mínimo de una hora y media.