¿UNA DEUDA A LA SEGURIDAD SOCIAL?
Eric Briones Briones redaccion@larepublica.net | Lunes 06 febrero, 2023
Eric Briones
Doctor y Profesor en Derecho Laboral
El país, desde la creación de su seguridad social a nivel formal, mediante la creación de la Caja Costarricense de Seguro Social, a inicios de los años 40`s del siglo pasado, se ha caracterizado por la progresividad y universalización de la misma, para toda su población. Se han dado, incluso, diversos regímenes de seguros (Hacienda, Magisterio Nacional, Poder Judicial, etc., con la tendencia, de ir unificándolos hoy en día, con lo que se propiciaría su robustez y sostenibilidad), junto con los alternos, destacando los creados a partir del año 2000, por la ley de protección al trabajador y sus voluntarios, como ejes fundamentales, para una vida digna de retiro de lo laboral.
Precisamente, el día 11 de enero del año 2022, con un ánimo de hacer sostenible el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), se hizo una reforma para que el mismo (que cuenta con aproximadamente más de 300 mil pensionados y 1,3 millones de personas cotizantes), subsista al menos hasta el año 2050; en vez de las proyecciones actuariales, que estimaban, que llegaba, hasta el año 2037, en caso de no haberse modificado.
Dentro de los cambios, están una pensión ordinaria a partir de los 65 años, para todas las personas trabajadoras adscritas al IVM (con adelanto para las mujeres y las personas con Síndrome de Down, siempre con determinada cotización mínima); y es aquí precisamente, en donde se debe pensar, si existe una deuda en general de la seguridad social, para cierto sector de la población laboral, que ha llevado a cabo durante toda su vida laboral, labores pesadas, peligrosas y hasta insalubres, sin que se les reconozca por parte de la sociedad, a la postre, una diferenciación a la hora de otorgárseles la pensión por vejez, sin que les venga a significar menos monto de pensión.
La constitución política del país, le confiere al Estado la posibilidad de no solo aplicar los regímenes existentes, sino que bajo el principio cristiano de justicia social, ir incorporando otros, conforme a los factores de concurrencia al proceso de producción, dentro de una política permanente de solidaridad humana. De allí, ¿porque no pensar, en incluir dentro de la tipología del régimen de la CCSS -y de otros existentes, cuando se requiera-, una diferenciación de ciertos grupos de trabajadores, que por sus labores, están propensos a un desgaste físico/intelectual, como para que se puedan pensionar voluntariamente, de manera anticipada?; lo anterior, a pesar, que las tasas de mortalidad en la humanidad han disminuido y la expectativa del mundo, ha aumentado, consecuencia de la ciencia y los avances tecnológicos; pero que ello no obsta, para pensar en excepcionarlos, producto de sus labores per se.
Es que la experiencia con el empleo tanto público como privado, por décadas, ha enseñado, que no es lo mismo, estar detrás de un escritorio (sin que esto conlleve algún menosprecio), que ante la exposición de las inclemencias climáticas, como es el caso (por citar algunos) de las labores de los bomberos, en donde se enfrentan a los gases que emanan de un incendio o los malos olores, que se desprenden y se introducen pulmonarmente, a los que limpian internamente el alcantarillado publico, de las ciudades; o las profesiones, en donde se vive, a diario exponiéndose a la muerte (imaginen el estrés y la carga emocional interna que debe conllevar), por las labores propias que se desempeñan laboralmente, como parte de los requerimientos que se tienen en sociedad, como es el caso de los agentes del OIJ, Seguridad Pública y un sinnúmero más de puestos u ocupaciones laborales, que por sus particularidades, conllevan mayor desgaste, durante el desempeño y por ende se puede entender su propensión a un riesgo, de contar con menos edad, para disfrutar de su jubilación.
Comparando legislación de otros países, España, ha optado por diferenciar ciertos perfiles ocupacionales, que se han desarrollado, durante toda la vida laboral y ha considerado oportuno, en conceder jubilaciones anticipadas (con una serie de requisitos) a ciertos grupos de trabajadores (mineros, taurinos, trabajadores aéreos, etc.), al contar con mortalidad más frecuente, dentro de una serie de coeficientes reductores; de allí que resulta la viabilidad de jubilación diferenciada (https://as.com/diarioas/2022/01/16/actualidad/1642331263_666723.htm ).
Esperemos que este pendiente legal/social, llegue a materializarse dentro del sistema de la seguridad social patrio, mediante estudios actuariales objetivos, de sentido común y por supuesto científicos. Todo con el fin de poder contar esos distintos grupos de trabajadores costarricenses expuestos, con una mejor calidad de vida al retiro, de una manera más longeva, digna y solidaria, dentro de la concepción de superación de los mínimos de los derechos humanos.