Medida no garantiza sostenibilidad del IVM a largo plazo
Unificar regímenes de pensiones debilitaría uno de los fondos del Magisterio Nacional
Diputados analizan proyecto en la Comisión de Asuntos Económicos
Tatiana Gutiérrez Wa-Chong tgutierrez@larepublica.net | Miércoles 28 noviembre, 2018
Los congresistas estudian un proyecto de ley denominado Ley de justicia, solidaridad y solidez de las jubilaciones en Costa Rica, que pretende unificar los regímenes de pensiones del primer pilar al del Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja.
Si se aprueba este proyecto, las nuevas personas que ingresen a laborar para el sector educativo cotizarían para el régimen del IVM, lo que afectaría significativamente el número de cuotas y la edad para el retiro de esta población.
El Magisterio administra dos regímenes de pensiones: el Régimen Transitorio de Reparto (RTR), el cual es con cargo al presupuesto nacional (ya cerrado) y el Régimen de Capitalización Colectiva (RCC), que se creó en 1992 y ha logrado constituir un fondo propio que se mantiene con cotizaciones, inversiones y rendimientos de los educadores, profesores y demás cotizantes de este sector.
Las principales críticas que se ventilan sobre el RTR es que existen pensiones cuyos montos son más elevados que el máximo pagado por el IVM de la Caja, ¢1,5 millones.
La intención de los diputados es que se ponga orden en el sistema de pensiones y se eliminen las de lujo, a través de una tasa solidaria que se impondría sobre las jubilaciones existentes y que todos reciban un monto máximo de ¢1,5 millones.
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“Lo anterior tendrá un impacto negativo sobre las finanzas públicas, siendo que la propuesta de recaudación con el proyecto 20.927 es menor que la que actualmente se recoge con la contribución especial solidaria que grava al Magisterio Nacional, lo cual evidencia la ausencia de estudios técnicos que deberían sustentar el proyecto, además de ser un régimen cerrado”, aseguró Róger Porras, director ejecutivo de JUPEMA.
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En el Régimen de Capitalización Colectiva, el cual es de cotización, que tiene 94 mil cotizantes y aproximadamente 1.600 pensionados, la situación es muy diferente porque “del propio cuero salen las correas”, expresó Porras.
La reserva de este fondo ronda los ¢2,3 billones y las pensiones se revaloran conforme a los estudios actuariales que se realizan, tiene una razón de solvencia igual a uno, lo cual significa que se cubren los pasivos actuariales con los ingresos activos actuales
La pensión promedio ronda los ¢292 mil, corresponde principalmente a casos por invalidez y sucesiones, siendo que es un régimen relativamente joven y el monto de la pensión más alta es de aproximadamente ¢1,2 millones.
El problema que se tiene con el proyecto según las autoridades del Magisterio Nacional es que al cerrar el RCC se rompe el principio de solidaridad intergeneracional, se interrumpe el ingreso de nuevos cotizantes, lo cual hace que comience a tambalearse el régimen y pierda sostenibilidad y equilibrio.
El RCC no recibirá nuevos cotizantes y se reducirá el monto de ingresos mensuales al fondo, afectando su sostenibilidad para el pago de las pensiones actuales y futuras, lo que podría implicar ajustes al perfil de beneficios de este fondo.
En cuanto al impacto sobre el IVM, al no existir estudios actuariales no hay claridad sobre su sostenibilidad”.
“Consideramos que la medida es improvisada porque no existe ningún estudio actuarial que demuestre el impacto sobre los regímenes de pensiones y si esto le dará sostenibilidad al IVM a largo plazo”, destacó Porras.
Falencias
Existen cinco aspectos por los que el Magisterio Nacional se opone a la iniciativa legislativa y son las siguientes:
- Carece de estudios actuariales que garanticen la sostenibilidad futura del IVM de la Caja.
- No incluye a los trabajadores de la educación que laboran en centros educativos privados.
- Se produce una ruptura del principio de solidaridad intergeneracional, al no haber nuevos cotizantes, esto debilitaría la sostenibilidad del RCC haciendo que este caiga en déficit actuarial a mediano y largo plazo, lo cual a la postre repercutiría sobre las finanzas públicas.
- No tiene impacto sobre las pensiones altas del Régimen Transitorio de Reparto, ya que este es un régimen cerrado (a este no ingresan nuevos cotizantes).
- La cotización solidaria que el proyecto propone para las actuales pensiones del RTR, es menor a la que actualmente JUPEMA recauda, por lo que el ingreso de las cotizaciones solidarias para el Estado disminuirá.
Diferencias entre ambos fondos
El Magisterio Nacional cuenta con dos regímenes de pensiones: el Transitorio de Reparto que cubre a los trabajadores de la educación que empezaron a laborar antes del 15 de julio de 1992 y el de Capitalización Colectiva que cubre a los trabajadores que ingresaron a laborar después de esa fecha y que requiere 396 cuotas y 55 años de edad para pensionarse.
Transitorio de Reparto | Capitalización Colectiva |
---|---|
Régimen cerrado | Régimen de cotización con una reserva de 2,3 billones |
Activos 8 mil | Activos 94 mil |
Pensionados 43 mil | Pensionados 1,6 mil |
Administra JUPEMA, aprueba Dirección Nacional de Pensiones del MTSS | Administra JUPEMA |
Cargo al Presupuesto Nacional | Paga pensiones con recursos del fondo de pensiones (reserva) |
Fuente: Escuela de la Estadística de la UCR
Porcentaje de cotización
El aporte que hacen los trabajadores del Poder Judicial (13%) y Magisterio Nacional (8%) es más alto que el del IVM (3,84%), entonces los diputados deberán buscar un mecanismo de compensación al disminuir los porcentajes (cifras en porcentaje).
Aporte | IVM | Magisterio (RCC) | Poder Judicial |
---|---|---|---|
Trabajador | 3,84 | 8 | 13 |
Patrono | 5,08 | 6,75 | 14,36 |
Estado | 1,24 | 1,24 | 1,24 |
Total | 10,16 | 15,99 | 28,6 |
Fuente: Supen
Contribución solidaria
El Régimen Transitorio de Reparto establece una contribución solidaria, sin embargo, el proyecto de ley no aclara qué pasará con este.
- No existe una derogatoria de las contribuciones solidarias existentes.
- Magisterio Nacional tiene una contribución solidaria desde 1991 que aumentó en 1996 hasta un 75%.
- No es claro en la redacción del texto si la contribución solidaria también rige para pensionados del IVM.